CON NOMBRE PROPIO

Necesario debate nacional

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La ley es una decisión política, las políticas públicas son también decisiones políticas. Cuando alguna decisión ha sido tomada por los órganos de poder y con ella se restringe un derecho fundamental las Cortes deben, en la justa dimensión de su competencia, analizar lo que se denuncia como aspecto vulnerado y declarar si existe alguna violación a la Constitución o a la ley.

En el mundo existe un debate que marca la creciente tensión para diferenciar lo que constituye una competencia jurisdiccional —de jueces— y una competencia del poder público, entendido este como la potestad legislativa y administrativa.

Las crisis que se han dado en Guatemala entre los Organismos del Estado, que por mandato constitucional son delegatarios de la soberanía del pueblo y la Corte de Constitucionalidad, es parte de un contexto mundial; esto lo debemos tener presente, ya que a veces solemos consideráramos el centro del mundo.

Es peligroso para cualquier democracia que las cortes ocupen espacios destinados para los órganos de poder y como es más peligroso que el poder no encuentre límites en las cortes, la frontera es cada vez más borrosa. Para citar solo un ejemplo, debemos ver el tema de los salarios mínimos diferenciados —por región y por actividad económica— en discusión.

Antes de hablar del tema, por lo menos a nuestro juicio, debemos abordar dos cuestiones previas: la primera, que en la sentencia dictada hace unos meses la Corte no objetó el procedimiento por el cual se establecieron esos salarios y dejó a salvo las competencias ejecutivas; sin embargo, como las sentencias en temas polémicos suelen ser o crípticas o esquivas, la interpretación tiene tierra fértil. Hoy, a Alejandro Maldonado le toca hacer frente como presidente a una sentencia dictada por una Corte cuando él la integraba, que es difícil de delimitar sus alcances —agua de su propio chocolate—.

Por otra parte y como segunda cuestión, si analizamos dos de las fuentes de empleo e ingresos más importantes del país como lo son el trabajo doméstico y la seguridad privada y nos preguntamos: ¿por qué las trabajadoras domésticas no ganan en la mayoría de casos el salario mínimo?, ¿por qué miles de policías particulares no llegan al salario mínimo? La respuesta es muy sencilla y es porque queremos vivir al margen de la ley.

Si una empleada doméstica no gana el salario mínimo puede demandar su ajuste y el patrono deberá pagar todo aquello que no hizo efectivo; y si se señala como contraargumento que se le brinda techo, comida y facilidades, este pago en especie y si existe acuerdo previo solo puede representar hasta un 30% del monto del salario. La ley es la ley y es para todos, por eso es que estos temas deben ser discutidos en toda su extensión y nosotros debemos ser parte viva del debate y no simples espectadores.

En lo personal, me resisto a que sea en arena de la Corte de Constitucionalidad donde se discutan temas conceptualmente políticos y democráticos. Caer en el gobierno de los jueces es de las patologías más peligrosas para cualquier democracia y nuestro precario sistema debe empezar a funcionar, por lo menos, como está en principio diseñado y ese diseño marca las competencias de cada institución.

La Corte tiene competencia si se afectan derechos adquiridos o si hay abuso de poder; de lo contrario, si el tema es político, debemos marcar los límites.

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.