EDITORIAL

Debe prevalecer la certeza jurídica

El fallo provisional de la Corte Suprema de Justicia de suspender temporalmente las operaciones de la Mina San Rafael ha recrudecido el debate sobre el efecto que esas resoluciones tienen en la actividad económica, porque alientan el desestímulo para la inversión, al quedar en la incertidumbre el funcionamiento de las empresas.

El fallo alude a la omisión de un paso sobre la consulta popular a las comunidades aledañas, principalmente al pueblo xinca, cuyo representante legal, el Centro de Acción Legal, Ambiental y Social de Guatemala (Calas), accionó para detener las operaciones de la minera en el departamento de Santa Rosa. El efecto inmediato se traduce en una paralización de las actividades, con el consiguiente daño a los trabajadores, a la recaudación tributaria y a quienes han invertido en el proyecto.

Al margen de los fundamentos legales que amparan la resolución, Guatemala debe dar un paso en el sentido de atender a los demandantes, sin que esto se traduzca en un perjuicio para cientos de personas y quizá en un nefasto impacto en la recaudación de impuestos, pero sobre todo porque se ha advertido que dicho proyecto no vulnera derechos de las comunidades indígenas.

Tanto las autoridades del Organismo Judicial como del Poder Ejecutivo deben actuar con celeridad para reducir las consecuencias negativas de esta resolución sobre la actividad económica, porque se trata de un problema respecto del cual se vienen dando discusiones.

La promesa del Gobierno Central de instaurar una mesa de diálogo adquiere ribetes de dramatismo porque es un modelo recurrente que pareciera ser un pretexto para demorar las soluciones, y la conflictividad prevaleciente en el país requiere medidas más firmes y efectivas para bajarles revoluciones a esas demandas, lo cual no se logrará con tácticas dilatorias.

Por el lado gubernamental también debe haber mayor exigencia en los pasos previos y reglamentarios para la concesión de estas licencias, pues no hacerlo deja la puerta abierta a las acciones legales que también pueden estar fundamentadas, y cuando eso ocurre se ratifica la percepción de la existencia de reglas poco claras o de inconsistencias en el proceso.

No se deben otorgar licencias mineras si no se han cumplido los requisitos, entre los cuales está la exigencia de reducir todo impacto ambiental adverso en el área de operaciones y las debidas consultas a las comunidades, para cumplir con los procedimientos legales y así evitar decisiones abruptas que acarrean consecuencias económicas de gran impacto.

Al cierre temporal de operaciones de la Mina San Rafael se suman acciones similares contra empresas vinculadas con la generación eléctrica, que han tenido un fuerte impacto en la economía de inversionistas, comunitarios y autoridades y a la vez erosionan la confianza en el estado de Derecho, un requisito indispensable para cualquier inversionista.

Cuando se privilegia la cultura del incumplimiento de obligaciones se corre el riesgo de tomar acciones correctivas intempestivas, la cuales, aunque sean justificadas, tienen un alto impacto que no afecta solo a los empresarios, sino al país como tal.

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