DESARROLLO DE PAÍS

El Organismo Ejecutivo en Guatemala

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Para desarrollar el país es necesario contar con un Organismo Ejecutivo bien estructurado y funcional.

El Organismo Ejecutivo ejerce el poder ejecutivo de la República de Guatemala. Está compuesto por el presidente y el vicepresidente, los ministerios de Estado, las secretarías de la Presidencia —y de la Vicepresidencia—, las gobernaciones departamentales, las dependencias y entidades públicas descentralizadas, autónomas y semiautónomas que corresponden al Ejecutivo.

El Presidente de la República es el encargado de sancionar, promulgar y cumplir las leyes nacionales y de hacerlas cumplir —debe procurar la correcta aplicación de las leyes para el bienestar común de la población—.

Cada cuatro años los ciudadanos empadronados podemos y debemos elegir al presidente y al vicepresidente de la República. Ellos son los responsables de administrar el Gobierno. Para cumplir con ese mandato deben designar a los mejores profesionales guatemaltecos para encabezar cada ministerio y cada secretaría. Los ministros y los secretarios deben ser los responsables de elegir a sus subalternos, si queremos formar equipos de trabajo.

Son 14 los ministerios: 1) Defensa Nacional, 2) Gobernación, 3) Relaciones Exteriores, 4) Salud Pública y Asistencia Social, 5) Educación, 6) Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, 7) Finanzas Públicas, 8) Economía, 9) Agricultura, Ganadería y Alimentación; 10) Energía y Minas; 11) Trabajo y Previsión Social; 12) Ambiente y Recursos Naturales; 13) Cultura y Deportes, y 14) Desarrollo Social. Los ministros dependen del Presidente de la República quien los nombra y remueve. Sus labores son coordinadas por el vicepresidente de acuerdo con la Constitución Política de la República.

Aunque los cargos de ministros son cargos políticos, en mi opinión deben de llenar un perfil y así poder administrar de la mejor manera posible. Los viceministerios ya son cargos técnicos y por ende deben buscarse personas que llenen los perfiles del cargo.

Las secretarías de la Presidencia son dependencias de apoyo a las funciones del presidente —y algunas del vicepresidente—. No pueden ejercer funciones de ejecución de programas y proyectos. Esas funciones le corresponden a los ministerios. La secretarías reguladas en la ley son: 1) Secretaria General, 2) Privada, 3) Coordinación Ejecutiva, 4) Comunicación Social, 5) Inteligencia Estratégica del Estado, 6) Planificación y Programación, 7) Asuntos Administrativos y de Seguridad, 8) de la Paz, 9) Bienestar Social, 10) la Mujer, 11) Asuntos Agrarios, 12) Seguridad Alimentaria y Nutricional, 13) Ciencia y Tecnología, 14) Obras Sociales de la Esposa del Presidente, 15) Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, y 16) Administración de Bienes en Extinción

Las secretarías de la Presidencia son muchas. Debemos promover la simplificación del Gobierno y fusionar algunas, eliminar o mover algunas como alguna unidad de un ministerio.

Reconozco no tener experiencia en gestión pública, pero por mi experiencia en lo privado y lo que he analizado, considero necesario revisar la estructura del Organismo Ejecutivo buscando simplicidad, pocas secretarías pero mejor organizadas y medición a la gestión tanto de los ministros como de los secretarios.

La Presidencia de la República debe de contar una gerencia en Casa Presidencial. No sé cómo hacen los mandatarios con la cantidad de subalternos que tienen. Estoy seguro que simplificando la organización de la Presidencia los resultados serán mejores.

Fortalecer la meritocracia es clave para que sea atractivo que el mejor recurso humano pueda ocupar esas plazas tan importantes para el país y su desarrollo.

josesmolinam@gmail.com

ESCRITO POR:

José Santiago Molina

Economista y MBA por la Universidad de Dallas en Texas, Estados Unidos. Director de empresas del giro agrícola, pecuario, industrial, comercial y financiero.

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