LIBERAL SIN NEO

Reconciliación y perdón

Hace algún tiempo tuve oportunidad de escuchar a un conocido jurista guatemalteco, invitado a brindar opinión, junto con otros especialistas, sobre la manera de interpretar un particular decreto. Su enfoque giraba sobre el principio que “la ley dice lo que dice, y no dice lo que no dice”. A primera vista, esta guía parecería una filosa navaja que permitiría interpretar una ley con total claridad, sin ambigüedad. A pesar de esto, había en el podio cuatro expertos interpretando el significado preciso de un decreto y no estaban de acuerdo entre ellos.

Este episodio vino a mi mente mientras leía el decreto 145-96: “Ley de Reconciliación Nacional”, de diciembre 1996. Esto, a propósito de la reciente captura y detención de dieciocho veteranos militares, acusados por desapariciones forzadas y delitos contra los deberes de la humanidad, ocurridos durante el conflicto armado interno.

Fueron firmados los acuerdos de paz y la guerra terminó en 1996. El Congreso de la República aprobó el decreto 145-96, Ley de Reconciliación Nacional, que fue sancionado, publicado y se convirtió en ley. El decreto 145-96 dice lo que dice y no dice lo que no dice. Su objeto era brindar un instrumento jurídico que facilitara la reconciliación. Decreta la extinción total de la responsabilidad penal por los delitos políticos y comunes cometidos en el contexto del conflicto armado. El artículo 8 dejó abierta una puerta, señalando que la extinción de responsabilidad personal no sería aplicable a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada. Este es el instrumento que surge una generación después de la firma de la paz, para reabrir el conflicto.

A los muertos y a sus familias no se les preguntó si eximían o perdonaban; sus “representantes” lo hicieron por ellos, como un mal necesario. La amnistía legal no repara el tejido social; no operan sobre el dolor, los sentimientos y la sensación de injusticia que vive dentro de las personas que sufrieron en la guerra.

Surgen ahora casos puntuales de alto valor mediático, como el del menor Marco Antonio Molina Theissen, que no puede dejar de despertar nuestra sensibilidad, indignación y compasión. Pero no nos engañemos, durante el conflicto armado interno, y sin hacer de menos el caso puntual, hubo muchos Marcos Antonios. Murieron trágicamente hombres y mujeres, ancianos y niños inocentes, y vivido de cerca, cada caso es desgarrador. En la guerra, el mayor costo lo pagan los civiles desarmados más vulnerables.

Reconciliación es una palabra compleja con muchas dimensiones. “Hablamos, en resumen, de aprender a vivir juntos otra vez” (Byron Bland). Reconciliación y perdón, no son sinónimos, especialmente en el contexto sociopolítico. El perdón es un proceso que ocurre en el individuo, el acto o actitud de una persona, con matices psicológicos y morales, donde por compasión, generosidad o sanación propia se trasciende el resentimiento hacia el victimario o quien ha hecho daño. La reconciliación es entre personas, se requiere más de uno; implica recobrar relación, el acercamiento voluntario de partes en conflicto y no conlleva necesariamente el perdón. La reconciliación parece reparar relaciones, pero no sana.

Para los estudiosos de la historia, el liderazgo moral y político de Mandela durante el ocaso del apartheid y el renacimiento de la República de Sudáfrica es un buen ejemplo. La España de hoy en el contexto de la Guerra Civil Española, es otro. Ojalá que algún día, pronto, surjan el perdón y la reconciliación. No creo que la captura de este grupo de militares vaya a lograr eso. Por el contrario.

ESCRITO POR:

Fritz Thomas

Doctor en Economía y profesor universitario. Fue gerente de la Bolsa de Valores Nacional, de Maya Holdings, Ltd., y cofundador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN).