¡Sin República!

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Es absurdo señalar que la garantía de independencia del juez existe cuando se ejerce como tal y no en su designación. Ciento y pico de páginas jamás podrán contradecir lo esencial.

Como en otras ocasiones, no tenemos idea si la crisis era antes o después de la sentencia. En teoría, una sentencia resuelve controversias y da certeza, en nuestro caso, al decir la Corte que el Congreso hace, por medio de su mayoría, lo que le da la gana (le llama “factor político”), y que el derecho a tener un juez independiente y libre de vinculaciones es ficción; nos coloca, de seguro, como uno de los países con un alto subdesarrollo de interpretación constitucional.

Una Constitución en cualquier parte del mundo es para someter el poder al Derecho, pues en caso contrario el sistema se derrumba.

No importa ninguna mayoría legislativa; sobre nuestros derechos, reconocidos o no de forma expresa, nadie puede pasar. Habemos a quienes nos molestan los abusos y nos viene del norte si los atropellos son de izquierda o derecha. La sentencia que emanó de nuestra Corte no tiene nada que envidiar a las tantas otras que han dictado órganos judiciales venezolanos en algunas ocasiones. Allá, en aquella República Bolivariana, se ha dicho que si la mayoría legislativa decide, viene sobrando el respeto a los derechos individuales, al igual que ahora se oficializa en el país.

Vale la comparación porque vemos falta de coherencia y consistencia en quienes aplauden el abuso y de quienes lo legitimaron. En ningún país serio (ni en esos nueve que la CC mencionó en su resolución) se eligen jueces discutiendo la idoneidad de la Corte Suprema en 45 segundos y sin debate sobre los jueces de Apelación. No es un asunto de si una norma dice “A” y otra “B”, si en realidad la Constitución señalara lo que la Corte sostuvo, de plano, es imposible considerarnos en un sistema republicano y gastar más papel y tinta es necedad.  

Acá hubo un abuso del Congreso y de la Corte en cuanto al tema discutido y será la historia la que juzgue. Sí es bueno rescatar: fueron solo tres magistrados quienes trataron de hilvanar un argumento positivista, ilógico e inconstitucional en su esencia, así que sí hay futuro. Antes, en nuestro país, esa tesis se hubiera sido unánime. Los criterios cavernícolas en la interpretación constitucional van en vías de extinción; por nuestra parte, exijamos coherencia y denunciemos los atentados hacia la República y la democracia.

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.