Revista D

¿Cómo se identificaban las personas en la época colonial?

Retrospectiva de la evolución de métodos de identificación personal en la vida pública y privada en Guatemala, desde la época colonial hasta la actualidad.

Folio de un registro parroquial de bautizos, que data de 1608, en el que se consigna el nombre del infante, los de sus padres y padrinos, así como la fecha en que se celebró el sacramento. Este documento, que pertenece al Archivo Histórico Arquidiocesano de Guatemala, servía como identificación.

Folio de un registro parroquial de bautizos, que data de 1608, en el que se consigna el nombre del infante, los de sus padres y padrinos, así como la fecha en que se celebró el sacramento. Este documento, que pertenece al Archivo Histórico Arquidiocesano de Guatemala, servía como identificación.

Antes del aparecimiento de la cédula de vecindad, en 1932, y del contemporáneo DPI —documento personal de identificación— en Guatemala, en la época colonial y, posteriormente, existieron formas precarias e informales para identificar a la población, que forman parte del conocimiento de la demografía histórica del país.

La llegada de los españoles, en 1524, trajo consigo la imposición de un idioma y una religión, así como la costumbre de identificación personal a su usanza, con nombres y apellidos. De hecho, los encomenderos tenían pueblos enteros bajo su servicio y debían bautizar a sus pobladores, por lo que empleaban sus apellidos, expone el historiador e investigador del Musac Mynor Carrera Mejía. Los españoles podían tener varios nombres y empleaban el apellido de mayor alcurnia, no necesariamente el del padre.

Durante la época colonial, no se tiene conocimiento de un documento parecido a la cédula de vecindad, expone el historiador Horacio Cabezas Carcache. Cuando se necesitaba dar fe de la identidad de una persona, se solicitaba la fe de bautismo y de ahí se deducía si era hijo legítimo o ilegítimo —natural, adulterino o incestuoso— o expósito —hijo de padres desconocidos, abandonado con vecinos, atrios de iglesias o haciendas—. Se anotaba si era ladino, indígena, negro, mulato o zambo.

A nivel público, se extendían certificaciones selladas para atestar el nombre y apellidos del interesado para cualquier efecto legal.

El origen del registro civil es eclesiástico y corresponde a los registros parroquiales que implementaron los sacerdotes españoles, luego de su llegada a América, donde registraban los bautizos, matrimonios o fallecimientos.

En el artículo La paz y el testamento. El testar como acto liberador. Siglo XVII, de Astrid Rojas (2005), se dice que la parroquia cobra importancia como fuente generadora de documentos a mediados del siglo XVI, con las normas canónicas que emanan del Concilio de Trento, celebrado entre 1543 y 1562, al legislarse diversos capítulos sobre la vida y la actividad parroquial.

Los testamentos, inventarios mortuorios, contratos de compraventa, expedientes de causas criminales y civiles y padrones de población, levantados por razones civiles, eclesiásticas o militares, ayudaban a identificar a las personas en Guatemala, según la Historia General de Guatemala.

Según el artículo Los libros parroquiales como fuente para la historia demográfica y social novohispana, de Claude Morin (1972), los registros eclesiásticos servían para verificar las listas de tributarios mediante la inscripción de recién nacidos, futuros contrayentes y exclusión de difuntos, para evitar la evasión fiscal. También, se empleaban como libros de cuentas, pues los escribanos anotaban los bautizos y los entierros de “limosna”, y las sumas que se debían.

Fernando Urquizú, doctor en Historia del Arte, indica que los bautizos de niños constituían una forma de control social y popular, pues se le hacía creer a la población de que los infantes que no eran bautizados “no iban al cielo”.

Además de los libros parroquiales, otra forma de identificación, refiere Urquizú, eran los retratos de aparato de miembros de familias de alcurnia o religiosos, en los que aparecía un resumen de sus vidas como fecha y lugar de su nacimiento, linaje, padres, esposo o esposa, profesión, cargos o actividad económica y escudos de la familia, así como elementos iconológicos e iconográficos de su identidad. Un ejemplo son los retratos de arzobispos o de personajes importantes como el Santo Hermano Pedro o el marqués Juan Fermín de Aycinena.

Verdadero retrato del Santo Hermano Pedro (1626-1667), que data del siglo XVII, en cuya parte inferior derecha se puede leer un resumen de su vida, como su pertenencia a la orden terciaria franciscana. (Foto Hemeroteca PL)

Retratos de reyes o autoridades españolas, cuya identidad se conocía mediante pinturas o grabados, era reproducida por artistas locales en América, añade Urquizú, lo cual crea un sentido de una primera estandarización de la cultura, válida para los distintos grupos sociales.

Urquizú señala que en las comunidades se reconocía quiénes eran los habitantes pertenecientes al lugar y rápidamente identificaban a algún forastero. Había un control social muy estricto. “En la colonia, las personas estaban organizadas en pueblos de indígenas, quienes no viajaban a otras comunidades, pues no entendían el idioma local”, señala.

Los españoles que venían de ultramar se identificaban con cartas credenciales y autorizaciones reales para viajar. “No podía venir cualquier persona”, agrega.

A veces, las actas parroquiales de los diversos grupos étnicos estaban mezcladas en una lista; otras, en libros diferentes: indígenas, no indígenas, naturales, españoles o castas. En las actas de bautizo se asentaba lugar y fecha de la ceremonia, nombre del niño, filiación, domicilio de los padres, identidad del padrino o de la madrina, grupo étnico y domicilio.

Durante el siglo XVII y parte del XVIII no se registraban los decesos infantiles. Los sacerdotes no se preocupaban por contabilizar la desaparición de quienes no comulgaban. Tres cuartas partes de los bautizos se celebraban antes de que los niños cumplieran una semana de vida. Pese a ello, no todos eran bautizados.

En la obra La época colonial en Guatemala, en coordinación de Robinson Herrera y Stephen Webre (2013) se explica que, según los españoles, los indígenas acostumbraban a no bautizar y confirmar a sus hijos. Las autoridades coloniales equiparaban tal desatención a las normas oficiales con el desorden social. Los indígenas se negaban a recibir los sacramentos, pagar los tributos a la Corona y aceptar el sometimiento de la esclavitud. El cabildo ladino se veía en la necesidad de “inventariar” a los indígenas para el cobro del tributo como lo demuestran constantes visitas pastorales para el control poblacional.

Padrón de censo del curato, por castas, de Santa María Tacuilula, Santa Catarina Tepeaco y San Juan Atiquipaque, del actual departamento de Santa Rosa. (Foto Prensa Libre, Archivo Histórico Arquidiocesano)

En El documento personal de identificación de menores de edad, tesis de Evelyn López (2018), se expone que las personas que no pertenecían a la iglesia católica quedaban fuera de los registros parroquiales, por evidentes razones y, como consecuencia, los actos de su vida civil no eran inscritos.

Sin embargo, por no ser interés de la Iglesia católica, datos como adopciones, ciudadanía, nacionalidad, reconocimiento de hijos y control de extranjeros no podían comprobarse en el control eclesiástico, lo cual constituía un serio obstáculo para la identificación civil, así como la omisión del registro de las personas que nunca eran bautizadas y que, por tanto, de su matrimonio, divorcio o defunción nada se sabía.

La doctora Sandra Herrera de la Dirección General de Investigación, de la Usac, refiere que en la colonia se otorgaba calidad de vecino —equivalente a lo que ahora llamamos ciudadano— a los hombres criollos o españoles, con oficio demostrado, excluyendo a mujeres y hombres que no pertenecieran a esas categorías.

En 1798, la Sociedad Económica creó el Reglamento General de Artesanos, que, como su nombre indica, tuvo como propósito reglamentar a los trabajadores y establecer que podían desarrollar los oficios “permitidos solamente”. El poder que el estatus le confería a la élite la habilitaba para juzgar y reglamentar la conducta de la población.

El control de las castas era llevado a cabo mediante un padrón o matrícula general de artesanos, en el que aparecían datos de maestros, oficiales y aprendices como edad, estado civil y residencia, así como notas a favor y en contra de cada individuo. Luego de esta evaluación, se amonestaba o se corregía la conducta, que podía representar la suspensión temporal o privación absoluta de su título de maestro.

En los contratos de artistas en los que se les encargaba pinturas o imágenes se registraban sus datos particulares, como el que contrajo el escultor Mateo de Zúñiga para tallar a Jesús de la Merced, en 1654.

En la época independiente, Mariano Gálvez (1831-1838), influenciado por los preceptos de la Ilustración, decidió organizar su provincia natal a semejanza de las sociedades más avanzadas del mundo y tomó una serie de medidas para reducir el papel social e influencia de la iglesia. Entre estas acciones estaba secularizar los cementerios, conferir al matrimonio la calidad de contrato civil, permitir el divorcio absoluto, sustituir el diezmo por la contribución territorial y transferir a las autoridades civiles las responsabilidad de estadísticas demográficas.

Durante el gobierno de Rafael Carrera (1844-1865) se hizo una estimación de población con base en registros parroquiales, que arrojó un total de 934 mil 950 habitantes en todo el país. El primer censo oficial se hizo en 1880 y el segundo, en 1893, que registró 1 millón 365 mil habitantes.

Urquizú refiere que las cofradías también llevaban un registro de sus miembros. Por ejemplo, en la cofradía de la Virgen del Rosario aparecían adscritos funcionarios reales, su estado civil, con quién estaban casados o residencia.

Según la historiadora hondureña Elizeth Payne, los comerciantes que viajaban por la Audiencia de Guatemala tenían un salvoconducto extendido por un gobernador en el que se hacía constar su identidad.

“Socialmente, no era necesario identificarse de la manera como se hace en la actualidad, pues la persona no era importante por sí misma, sino por el trabajo que debía desempeñar como cultivadores de añil, cortadores de café o mozos”, indica Carrera. Para trámites legales con notarios, era necesario decir hijo de quién era y llevar testigos para atestar de manera legal.

En la reforma liberal

El Reglamento de Jornaleros obligó a los indígenas a portar su Libreta de Trabajo, para demostrar que habían cumplido con la obligación de laborar en una finca; de lo contrario, eran llevados presos y obligados a trabajar en la construcción de caminos, añade Cabezas.

Durante el gobierno de Justo Rufino Barrios (1873-1885), se aprobó la Ley Orgánica del Gobierno Político de los Departamentos, en la que se estableció que los jefes políticos debían formar cada cuatro años estadísticas del departamento a su cargo, haciendo constar, con claridad y sencillez, el censo de la población —con datos como sexo, edad, estado civil, oficio o profesión—, pueblos, aldeas, lugares, superficie, número de casas y su clase, se explica en la tesis Análisis práctico jurídico de la ley de cédulas de vecindad y su reglamento, de Edwin Pacheco (2005). No había otro medio para identificar a las personas. Con estos censos, en colaboración de autoridades municipales, se dejaba constancia de quiénes eran los pobladores.

El 15 de septiembre de 1877 se instituyó, mediante el Código Civil, el primer Registro Civil, institución laica, con el fin de asentar nacimientos, ciudadanía y dominio de extranjeros, matrimonios, reconocimientos de hijos ilegítimos, adopciones y defunciones, entre otros.

Según el artículo 389 del código civil vigente, los registros parroquiales pueden ser consultados como medios supletorios de prueba, surgidos antes de la creación del Registro Civil —1877—, en casos de destrucción de registros civiles municipales o en poblaciones que no tuvieron dicha institución, expone la tesis El documento único de identificación personal, de Fernando Herrera (2006).

Antes de llegar Jorge Ubico al poder (1931-1944), las personas seguían empleando el apellido que más les identificaba y muchos, preferían usar el de la madre.

La identificación personal fue mejorando con el aparecimiento de la fotografía y su empleo para usos legales, a finales del siglo XIX y principios del XX.

Cédula de Vecindad

Este documento, tipo cartilla, fue creado según decreto 1735, del 30 de mayo de 1931, durante el gobierno de Jorge Ubico (1931-1944), vigente a partir del 1 de enero de 1932, obligatorio para todos los guatemaltecos y extranjeros, de entre 18 y 60 años. Fue el primer documento de identificación y el primero en el que se incluía la fotografía y huella del portador. La primera cédula perteneció a Ubico, con el número A0001 0001, de fecha 31 de diciembre de 1931.

Registro de la primera cédula de vecindad, perteneciente al presidente Jorge Ubico, de fecha 31 de diciembre de 1931, número A0001 0001. (Foto Prensa Libre, Renap)

Debían presentarla para cualquier trámite burocrático, así como para anotar cambios en el estado civil, ejercer sufragio y celebrar contratos, expone Cabezas.

Se estableció que en cada municipio se llevará un Registro de Vecindad, para inscribir a cada vecino. Así mismo, un Libro Índice, donde aparecían por orden alfabético los apellidos de las personas registradas.

Constituía un delito alterar los datos que en este documento se indicaban, así como el uso de la cédula que no correspondiera a la persona.

Entre los artículos de su reglamento hay datos curiosos, como el hecho de que cuando un vecino ignorara su fecha de nacimiento, se le atribuía la que indicaran los vecinos mayores de edad, nombrados por el alcalde.

Los patrones de obreros y trabajadores que se trasladaran a otro municipio para cumplir contrato o buscar trabajo, debían informar al alcalde de la nómina de nuevos vecinos y razonarlo en sus cédulas. Si 10 personas o más, por vivir en un lugar alejado de la cabecera municipal y de escasos recursos económicos no pudieran o se les dificultara viajar a la cabecera para tramitar su cédula de vecindad o reponerla, el alcalde debía trasladarse a ese sitio para extenderles el documento.

En esos años según datos del diario El Imparcial, no era fluida la inscripción de los ciudadanos en la provincia, porque las municipalidades tenían que solicitar timbres fiscales de 10 centavos y cédulas de vecindad en blanco, que eran impresas solo por la Tipografía Nacional, las cuales tardaban en llegar, mientras en la capital se extendían sin ningún problema, se expone en la tesis Principales causas de la falta de inscripción en el registro de vecindad, de Edwin Méndez (2006).

Además, se le extendía a cualquier persona extranjera que estuviera de paso por el país, quien establecía como residencia en la cédula los hoteles donde se encontraba hospedada,

En aquel entonces, los legisladores, al aprobar el decreto 1735, no previeron ninguna medida de seguridad del documento y el ente encargado de emitirlo no llevaba ningún control.

Su reglamento es del 5 de agosto de 1931 y, aunque no lo indica, entró en vigor en esa fecha. Sus modificaciones a la ley y reglamento ocurrieron en 1936, 1957, 1958, 1960 y 1961. Luego de este último año, no tuvo ninguna otra modificación.

Era una pequeña libreta de papel y cartulina, expedida y autorizada en cada una de las municipalidades por su alcalde respectivo, a la que iba adherida una fotografía del titular. Se asentaba mediante un número de orden —letra y número que correspondía a cada departamento de inscripción— y de registro —número de partida de inscripción vecinal— y contenía datos como nombre, fecha de nacimiento, estado civil, nacionalidad, profesión, lugar de nacimiento y residencia, entre otros. Se indicaba si la persona sabía leer o si había prestado servicio militar; este último dato, por el hecho de haber sido creada durante una dictadura militar.

Era un documento de identificación deficiente, poco fiable y anacrónico, debido a su fácil falsificación, deterioro, portación, exhibición y manejo inadecuado municipal. Se limitaba la identificación de personas de entre los 18 y 60 años, únicamente, por lo que se excluía de este modo a menores y personas adultas mayores.

Así nació el DPI

De acuerdo con la Ley del Registro Nacional de las Personas (Renap), que sustituyó al Registro Civil, según decreto 90-2005, se creó el nuevo Documento Personal de Identificación (DPI), que reemplazó a la cédula de vecindad, para darle certeza jurídica la identidad de los ciudadanos, y es el que se utiliza en la actualidad.

El 23 de mayo del 2009, en Tiquisate, Escuintla, se entregaron los primeros DPI y, al final de ese año, se imprimieron 699 mil 666 documentos. Cuatro años más tarde, cuando finalmente desapareció legalmente la cédula, la cantidad de documentos impresos llegó a ocho millones.

El DPI cuenta con los controles biométricos principales en el mercado tecnológico, específicamente, el Sistema Automatizado de Identificación de Huellas Dactilares. Sus materiales y técnicas le otorgan condiciones de inalterabilidad, calidad e intransferibilidad de datos, y para evitar que sean falsificados. Según datos del Renap, durante el 2020 se emitieron 1 millón 685 mil nuevos documentos.

“Pasaporte” colonial español

Los españoles que viajaban al Nuevo Mundo debían identificarse con una cédula y tener autorización real. (Foto Prensa Libre, culturacolectiva.com.mx)

El tráfico significativo de españoles hacia al Nuevo Mundo, después del descubrimiento de América, obligó a la Monarquía hispánica a establecer un precario documento de identificación, por primera vez en su historia.

Solo entre 1598 y 1621, unas 40 mil personas abandonaron el reino ibérico en busca de oportunidades de prosperar en América. En tiempos de un incipiente comercio ultramarino, la corona española se vio en la necesidad de establecer un control de la identidad de sus comerciantes y ciudadanos.

La cédula de composición era un documento que consistía en un pergamino con los datos básicos escritos a mano, que identificaba a viajeros procedentes de Europa. El objetivo prioritario era controlar quiénes cruzaban el Atlántico, poniendo especial énfasis en que fueran cristianos y estuvieran autorizados por la corona para tal fin.

Por razones evidentes, este sistema de identificación era fácil de falsificar y no se puede considerar un antecedente del documento nacional actual español, sino una iniciativa aislada que no tuvo continuidad.

Bajo orden real de Fernando VII (1784-1833) y para reducir la criminalidad en un país asolado por el bandolerismo, se comenzaron a utilizar cédulas personales y cartas de seguridad, un documento más formal de identificación.

Identificación de esclavos

Las ideas de importar esclavos africanos a Guatemala surgen después de la implantación de las leyes nuevas de 1542, en las que se estableció que quedaban libres los indígenas, por lo que los españoles necesitaban de nueva mano de obra. En 1543 arribaron a Honduras, las primeras dos embarcaciones con esclavos, según el artículo Algunas notas sobre la esclavitud de negros y leyes que se les aplicaban, de Abraham Solórzano.

La manera más frecuente de adquirir esclavos era por medio de compra. Para el efecto, el vendedor y comprador pactaban un precio, legalizaban la compraventa por medio de un notario y pagaban un impuesto para finiquitar el negocio. La real audiencia, con el propósito de tener un mejor control de los esclavos en el reino implementó un padrón en 1762.

Certificado de compraventa de seis esclavos africanos, con marca real en el pecho y espalda, a Pedro González Cordero, en Guatemala, que data de 1726. (Foto Prensa Libre, Archivo Histórico Arquidiocesano)

A los esclavos se les marcaba con hierros calientes —carimbar— el rostro, pecho o espalda para ratificar su legalidad y para identificarlo, práctica que quedó eliminada en 1785. Se liberó totalmente el “mercado” en 1789 y se eliminó en 1819.

ESCRITO POR:

Brenda Martínez

Periodista de Prensa Libre especializada en historia y antropología con 16 años de experiencia. Reconocida con el premio a Mejor Reportaje del Año de Prensa Libre en tres ocasiones.