Guatemala

Las vías por las que el TSE puede autorizar el cotejo de todas las actas

Medidas se tomaron en elecciones de 2019 para despejar inconformidades de agrupaciones políticas.

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La petición de partidos políticos para que se haga un recuento de “voto por voto” no se estipula en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Lepp), aunque el Tribunal Supremo Electoral (TSE) sí puede autorizar un cotejo de actas como se hizo en las elecciones generales del 2019 para despejar las dudas, una medida que para exmagistrados y analistas no es del todo viable.

A seis días de que se efectuaran las elecciones generales, el número de impugnaciones aumentó en contra de los resultados. Durante esta semana el TSE recibió 24 recursos de nulidad por inconformidades de los partidos políticos, principalmente del departamento de Guatemala y la capital por la elección de alcaldes.

Sistema

Los fiscales atribuyen la inconsistencia en los resultados electorales a la deficiencia del sistema paralelo que utilizó la Junta Electoral del Distrito Central y Guatemala, que cuatro días después de las comicios reconoció que no funcionó y que desistieron de su uso el mismo día de las votaciones debido a la tardanza para procesar los resultados.

Además, 15 organizaciones políticas solicitaron al TSE el recuento de los votos y de las actas de binomio presidencial, con el argumentar que las actas tienen tachones y errores en la suma de votos.

Argumento

Mediante un comunicado, el TSE afirmó que “no cuentan con atribuciones para realizar un recuento de votos, ni desconocer los resultados remitidos en actas físicas e integración de resultados”, y cualquier inconformidad al respecto, debe ser conocida por las juntas electorales, según los “tiempos y procedimientos establecidos”.

No obstante, el artículo 125 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos referente a las atribuciones y obligaciones, refiere que el TSE tiene como atribución y obligación “resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no estén regulados por la presente ley”.

Para el analista político Gregorio Saavedra, si bien no es factible contar “voto por voto”, la intervención del TSE es una salida para que atienda y resuelva las inconformidades de los partidos políticos y de la ciudadanía en general, como se hizo en las elecciones de 2019 por medio del conteo de actas de elecciones generales.

“Ese artículo -125- se utilizó en el proceso pasado para reducir la incertidumbre y arreglar los problemas que se llevaron a cabo con las fallas en el sistema de transmisión de datos, fue útil para desvanecer esas dudas. No hay que caer en esta crisis de abrir las bolsas y contar voto por voto, pero tampoco decir que el proceso ya estuvo y si hubo irregularidades, hubo irregularidades. Se puede convocar a los partidos y público en general para hacer el cotejo y la integración de las actas”, dice Saavedra.

Agregó: “ permitir que se facilite un proceso para abrir esas bolsas sería un tema sensible que pondría en peligro o se judicializaría el proceso electoral, entonces a estas alturas solo hay una forma de resolver con transparencia el proceso y es con acciones de las juntas electorales y el TSE”, puntualiza.

Inviable

Eugenia Mijangos, exmagistrada del TSE, afirma que es deber de los magistrados intervenir desde ya para buscar soluciones a las dudas, como se hizo en 2019, cuando se permitió que organizaciones políticas hiciera un trabajo minucioso con el cotejo de las actas.

“En esas elecciones se dio acceso a las organizaciones políticas para que acudieran al Parque de la Industria e hicieran un revisión de actas durante varios días, pero llegó un momento en que las mismas organizaciones que exigieron ese procedimiento desistieron porque se dieron cuenta que era una labor muy difícil, y los resultados quedaron como se habían dado a conocer”, recuerda la exmagistrada.

Alternativa

Para el abogado Édgar Ortíz, una alternativa es el cotejo de actas, “pero solo puede funcionar en algunos casos” donde se pueda demostrar que hubo mal conteo y porque un partido resultó ganador por pocos votos de diferencia.

“Por ejemplo, si la elección presidencial, la diferencia entre el segundo y tercer lugar hay una diferencia de 200 mil votos qué sentido tiene, a lo mejor a uno le pusieron mil y a otro le quitaron 500, eso no cambiará el resultado final. Creo que hay que ver en qué casos el cotejo de actas podría cambiar los resultados, porque no es para todos, y en el único que se me ocurre es en el de elecciones municipales, porque la diferencia entre el ganador y el perdedor puede ser muy pequeña”, afirma el abogado.

Ortíz reitera que las cajas que contienen los votos físicos están selladas y no se pueden romper las bolsas para hacer un recuento de votos, la ley es “clara y dice que el conteo de votos le corresponde a las juntas receptoras de votos”.

Sin poder

“Llega un momento en que la juntas electorales ya no tienen más potestad más que emitir una resolución, se quedan cortas en sus funciones y debe intervenir el TSE”, refiere Francisco Quezada, analista en temas electorales del Centro de Investigaciones Económicas.

Quezada dice que que el cotejo de actas en 2019 quedó incluso no precisamente por ser un proceso difícil, sino porque los fiscales se percataron mediante una “muestra” que fue un problema del sistema y no en el conteo de votos, por lo que desistieron de continuar con la revisión.

Sin injerencia

Las protestas frente al TSE por parte de simpatizantes de partidos políticos no se han hecho esperar esta semana para exigir que se haga un recuento de votos, Sin embargo, es una situación que tampoco influye en las decisiones del TSE, aunque así se reunan firmas para respaldar ese clamor, afirman analistas.

ESCRITO POR:

José Manuel Patzán

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad, con 18 años de experiencia en periodismo escrito, radial y televisivo. Reconocido con el premio Periodista del Año de Prensa Libre en 2016.