Guatemala

¿Qué es la trashumancia electoral? Una práctica común en elecciones generales

En el proceso electoral de 2019, la fiscalía Contra Delitos Electorales del Ministerio Público emitió 44 sanciones en contra de personas que acarrearon votantes.

El denominado “acarreo” de votantes hacia otro lugar para favorecer a determinado candidato ha sido de lo más denunciado en estas elecciones generales y quien lo comete incurre en trashumancia electoral, lo cual constituye un delito según la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

Las fiscalía de Delitos Electorales del Ministerio Público, es la entidad que investiga la trashumancia electoral, una practica recurrente en las elecciones generales que conlleva tres faltas: falsedad material, falsedad ideológica con agravación electoral o perjurio, puesto que por lo general se moviliza a un ciudadano a un centro de votación que no le corresponde con la intención de sumar votos a algún aspirante a un cargo de elección popular.

En 2019, dicha  fiscalía informó que se emitieron 44 sanciones a personas a quienes se les responsabilizó de  incurrir en el acarreo de personas. Las sanciones consistieron en trabajo comunitario, brindar capacitaciones, donar copias de la Ley Electoral y de Partidos Políticos o de la Constitución Política a centros educativos.

Delitos en los que puede incurrir el acarreo de personas a un municipio donde no le corresponde votar, según la LEPP.

  • Artículos 321 y 327: Falsedad material con agravación electoral: incurre en este cuando alguien falsifica un documento de identificación. Son de dos a seis años de prisión.
  • Artículos 322 y 327 A: Falsedad Ideológica con agravación electoral: cuando una persona se empadrona y miente sobre su residencia electoral, que es el lugar donde habita en forma continua, por un periodo no menor de seis meses. La sanción es de dos a seis años de prisión. Esta aumentará en la mitad cuando se cometan con fines electorales.
  • Artículo 325: Uso de documentos falsificados: incurre quien vota con Documento Personal de Identificación falso y lo sabe. Son de dos a seis años de prisión, que se incrementará en la mitad cuando se cometa con fines electorales.
  • Artículo 338: Uso ilegítimo de documento de identificación: votar con un DPI que no es el propio o ceder el propio para que otra persona vote. De uno a tres años de cárcel es la sanción.

En este proceso electoral, las principales acusaciones sobre el acarreo de votantes comenzaron en Villa Nueva, en contra del alcalde Javier Gramajo, quien no se ha pronunciado al respecto. También en San José del Golfo, donde incluso se suspendieron las elecciones generales debido a que un grupo de pobladores impidió que los camiones con enseres de votación ingresaran a cuatro centros, al argumentar que habría “fraude”, debido a que la noche del sábado llegaron autobuses con “acarreados”.

Aclaran

El magistrado Gabriel Aguilera sostiene que el tema de acarreo genera confusión en la ciudadanía y que los candidatos sí pueden ofrecer transporte a sus afiliados, pues para que se cometa el delito de acarreo se debe incurrir en ciertas ilegalidades que deben ser comprabadas.

“Cuando hablamos de acarreo el concepto técnico es trashumancia electoral, y esto es cuando una persona de un municipio va a votar a otro, por ejemplo, pero eso ya son casos que son investigados por la Inspección General (del TSE), el transporte que las agrupaciones políticas le prestan a sus filiados o a sus simpatizantes para ir a votar a sus centros de votación no es acarreo”, señaló Aguilera.

Aguilera dijo que para verificar las denuncias se cuenta con el acompañamiento de los inspectores .

“Este supuesto se da únicamente cuando la persona haya emitido su voto, no podemos pensar en acarreo anticipadamente, durante el transcurso de la jornada electoral se va a determinar cuando el ciudadano emita su voto, si aparece o no aparece en el padrón”, aseveró Rojas.

 

 

 

ESCRITO POR:

José Manuel Patzán

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad, con 18 años de experiencia en periodismo escrito, radial y televisivo. Reconocido con el premio Periodista del Año de Prensa Libre en 2016.