Departamental

Corte de Constitucionalidad restituye tierra a comunidad

La Corte de Constitucionalidad (CC), en sentencia definitiva, restituye el derecho de propiedad comunal a la Comunidad Indígena Vecinos de la Aldea Chuarrancho, Guatemala, sobre una propiedad de 81 caballerías de la que había sido despojada de manera irregular en el 2001.

Esta es una parte del territorio que fue restituido a la Comunidad Indígena Vecinos de la Aldea Chuarrancho, por medio de un fallo de la CC.

Esta es una parte del territorio que fue restituido a la Comunidad Indígena Vecinos de la Aldea Chuarrancho, por medio de un fallo de la CC.

CIUDAD DE GUATEMALA – En el fallo del 24 de junio último, la CC ordena al Registro General de la Propiedad que anule y deje sin efecto las inscripciones y anotaciones derivadas del cambio de titular del bien inmueble después de la inscripción hecha en octubre de 1897.

Para emitir la resolución, los magistrados solicitaron información a la Academia de Geografía e Historia de Guatemala sobre los antecedentes históricos referentes al municipio de Chuarrancho —fundación y localización, extensión territorial, procedimiento administrativo gubernamental para su asentamiento como Comunidad de Chuarrancho—.

Además, al Registro de Información Catastral solicitó información gráfica y descriptiva del bien inmueble identificado con el número 339, folio 1, libro 49 de Guatemala, inscrito en el Registro General de la Propiedad.

También solicitaron al Archivo General de Centro América el acuerdo que aprobó el procedimiento administrativo de obtención de tierras relacionado, y al Registro General de la Propiedad, copia certificada completa del historial de la finca mencionada.

Precedente

El comunitario Bartolomé Chocoj indicó a Prensa Libre, vía telefónica, que están satisfechos con el fallo, ya que es un precedente que por primera vez se reconozca la propiedad comunal y ancestral, y se restituya a sus propietarios.

“Con esto lo que hace el Estado es devolverles la propiedad a los legítimos propietarios y garantiza de alguna forma el derecho de propiedad privada en Guatemala”, expresó.

Refirió que por el momento no accionarán legalmente para deducir responsabilidades contra funcionarios del Registro General de la Propiedad y dejarán que sea el Ministerio Público el que investigue.

“Nosotros estamos satisfechos con que se nos haya restituido nuestro derecho. Esperamos que no ocurran más hechos de esta naturaleza, para que se respete la propiedad privada y colectiva”, expuso.

Proceso irregular

Chocoj indicó que en el 2001 el entonces alcalde —ya fallecido— Santos Punay, reelecto en su momento por el Partido de Avanzada Nacional, sin el consentimiento del propietario —Comunidad Indígena de Vecinos de la Aldea Chuarrancho— solicitó de manera irregular al Registro General de la Propiedad que el bien inmueble fuera inscrito a nombre de la municipalidad local.

Por tal razón, el 25 de junio del 2001 la mencionada institución hizo la “conservación electrónica”, sin contar con documentos de respaldo.

También se menciona en el expediente que en esa misma fecha se efectuó una segunda inscripción de dominio sobre la finca relacionada, donde se registró un derecho de servidumbre por tres años a la empresa Motagua Resources, Sociedad Anónima, la cual, según los amparistas, consta de 10 kilómetros cuadrados, pero ya venció. Así como una donación de 20 metros cuadrados a la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones —Guatel—. En este caso buscarán un diálogo para llegar a un acuerdo con la empresa.

El comunitario explicó que la extensión de la propiedad restituida es de 81 caballerías. Aunque en la inscripción del 2 de octubre de 1897 se establece que son 166. Chocoj refirió que eso se debe a desmembraciones legales.

Actualmente en esa propiedad hay 11 mil habitantes. Su extensión equivale al 75 por ciento del municipio.

No es único caso

Al consultar sobre el fallo a Daniel Pascual, del Comité de Unidad Campesina, señaló que este no es el único caso en que se despoja a una comunidad de un bien inmueble y que con el fallo se fortalece el estado de Derecho y se evitan conflictos sociales.

“Es alentador y un reconocimiento. En Guatemala necesitamos la aplicación de la ley para toda la sociedad. Se reconocen los títulos reales emitidos por la Corona española, que deben constituirse como legítimos y legales en el país. Eso permitirá un nivel de gobernabilidad”, expuso.

Citó como ejemplos los casos de Xalapán, Jalapa; comunidades de Jutiapa; El Estor, Izabal, y 48 Cantones, Totonicapán, entre otros.

REGISTRADORA

Se acatará  sentencia

La registradora general de la Propiedad, Anabella de León, expresó ayer que se dará cumplimiento al fallo de la Corte de Constitucionalidad y se procederá a hacer la restitución a la Comunidad Indígena Vecinos de la Aldea Chuarrancho.

“Nosotros esperaremos que nos notifiquen la sentencia y vamos a acatar la ley y las resoluciones judiciales. Y si la Corte de Constitucionalidad resolvió eso, tenemos que ponerlo a nombre de los vecinos”, dijo.

Respecto de señalamientos de posibles irregularidades en esa institución, De León afirmó que eso sucedía en  administraciones pasadas.

“No es cierto que haya anomalías. Lo que se ha denunciado corresponde a administraciones anteriores”, indicó.

Poblado

No se busca confrontar

Bartolomé Chocoj, de la Comunidad Indígena Vecinos de la Aldea Chuarrancho, expresó que con el fallo de la CC no buscan confrontación, sino fomentar  la paz y el respeto.

“No buscamos ningún tipo de confrontación con nadie, lo que pretendemos es fortalecer el estado de Derecho”, afirmó Chocoj.

El comunitario manifestó que  con el fallo  se garantiza el derecho a la propiedad de las tierras comunales.

Chocoj también mencionó que ahora que ya se les restituyó el bien inmueble  procederán a  reglamentar y a hacer un levantamiento  catastral,  para determinar medidas exactas de las tierras y documentar las propiedades de los vecinos de Chuarrancho.

Otros casos similares

Comunidades indígenas mantienen una disputa por el reconocimiento de  propiedad ancestral.

Sierra de Santa Cruz

Ubicada en El Estor y Lívingston, Izabal, esta comunidad qeqchí tiene una litigio legal por una propiedad ancestral de  246 caballerías.

En 48 Cantones

Se localiza en Totonicapán. Es un territorio que aún no ha sido reconocido por  el Estado, pese a que  cuenta con documentos reales emitidos por la corona española en los que se garantiza la propiedad de sus tierras.

Xalapán

Se encuentra en Jalapa. Los líderes xincas han reclamado su derecho a la propiedad ancestral y afirman que tienen documentos de 1850, en los que consta que la Corona   les confirió en propiedad 900 caballerías.

Constitucionalista

“La propiedad privada es algo sagrado”

El abogado  constitucionalista Carlos Molina Mencos indicó, vía telefónica, a Prensa Libre que por tener un documento que registra su inscripción en el Registro General de la Propiedad,  el bien inmueble en disputa sí les corresponde a sus verdaderos propietarios, en este caso la Comunidad Indígena Vecinos de la Aldea Chuarrancho.

Aunque  no conoce el caso, explicó que su opinión es  por presunciones.

“La propiedad privada es algo sagrado. Entonces, al existir documentos, la propiedad sí les corresponde —a los vecinos—”, afirmó.

Indicó que para que un bien pase de un propietario a otro puede suceder, en primer lugar, que haya alguna hipoteca, que se venza y que se ejecute, y segundo, una compraventa.

Habría delito

Molina Mencos señaló que de establecerse que el alcalde de Chuarrancho en el 2001, Santos Punay —ya fallecido— y funcionarios del Registro General de la Propiedad  hicieron la inscripción de manera irregular, habría delito.

“El registrador no puede tocar un registro si no tiene un título. Imagínese, si no mañana se quedan con la casa de nosotros porque a un señor se le ocurrió decir que era de él”, señaló el profesional.

En este caso, Molina Mencos indicó que se presume que hubo un despojo y por ello la Corte de Constitucionalidad (CC) está restableciendo el derecho a la propiedad.

“De ser así tiene toda la razón la Corte, porque ella lo que está haciendo es restituyendo el derecho de propiedad a su legítimo titular, con lo cual reafirma el artículo 39 de la Constitución, el cual garantiza la propiedad privada.

Se debe fiscalizar

El constitucionalista aseguró que para evitar que se continúe con este tipo de irregularidades se debe fiscalizar al Registro General de la Propiedad.

Además dijo que se debe organizar y retomar ciertos procedimientos del pasado que, unidos a avances tecnológicos como la conservación electrónica, contribuirían a evitar irregularidades  en esa institución.

Recordó que con anterioridad se nombraba para ese puesto a personas probas y citó como ejemplo a Arturo Peralta y Clemente Marroquín Rojas.
“Ese tipo de superhombres que teníamos antes.  Y entonces nunca había, por ejemplo, un despojo de propiedad, lo cual sí se da ahora”, afirmó.

Lamentó que el propio Registro General de la Propiedad recomiende que se congelen las propiedades, lo cual calificó de “lo más absurdo del mundo”.

Señaló que no se debería modificar el registro de un bien inmueble, gravarlo o anotarlo mientras no haya un título de propiedad de por medio, o sea una escritura notarial, o bien una orden judicial.

El 24 de junio último, el máximo tribunal falló a favor de la restitución de los derechos de propiedad para los vecinos de Chuarrancho.

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