La asamblea está formada por 44 integrantes: 22 pertenecen a las asociaciones departamentales, 10 representantes de los equipos de la Liga Nacional, cinco de la Primera División, tres de la Segunda, dos de la Tercera —intervenida— y uno de la Liga Femenina y Futsal.
“Ningún dirigente deportivo podrá desviar las actividades y finalidades de su cargo hacia otras de índole distinta de las puramente deportivas. El incumplimiento de los preceptos anteriores constituye motivo de remoción inmediata del cargo, adicionalmente de las responsabilidades legales que se le deducirán ante la autoridad competente”.
Dos denuncias penales interpuestas por el subcontralor de Calidad de Gasto Público, César Elías, pesan sobre los exdirigentes Brayan Jiménez —prófugo—, Héctor Trujillo —capturado en Estados Unidos—, y los actuales directivos Milton Mendoza, presidente interino, Fernando Gómez, secretario interino y Noé García, tesorero, así como los federativos Renato Durán y Guillermo Pivaral secretarios adjuntos.
La Ley estipula “la suspensión de todo dirigente que sea sometido a proceso penal”, y el párrafo final del 158 señala: “En el caso de producirse impedimento posterior a la elección, fallecimiento o renuncia, se declarará vacante el cargo y se elegirá al sustituto bajo los procedimientos estipulados en la presente ley”.
Se reúnen
La asamblea tendrá una sesión extraordinaria el próximo martes 22 de diciembre, y entre otros temas deberá aclarar la situación de la Fedefut, para darle solución inmediata; de lo contrario, se incumpliría el apartado 197 de la mencionada normativa, en la que hace énfasis sobre las obligaciones del dirigente deportivo, y que en el inciso A señala que debe “cumplir y hacer cumplir la presente ley y demás reglamentaciones que emanen de ella”.
Otro de los soportes legales que obligan a actuar con prontitud al máximo órgano rector del futbol guatemalteco es el artículo 196, en que se hace mención a las limitaciones del cargo y destitución inmediata por faltas de algún miembro que la integre.
“Ningún dirigente deportivo podrá desviar las actividades y finalidades de su cargo hacia otras de índole distinta de las puramente deportivas”, indica el estatuto.
El Comité Ejecutivo de la Fedefut tiene dos denuncias en contra, presentadas por la Contraloría. La primera fue presentada el lunes por negarse a entregar información relacionada con contratos de patrocinio. La segunda, el miércoles, por no mostrar la información de la impresión de boletos del juego Guatemala - Trinidad y Tobago. Ayer los federativos trasladaron la documentación.
Consecuencias
Según el Tribunal del Deporte Federado (Tedefe), de hacer caso omiso al precepto 197, la asamblea estaría tomando responsabilidad y sería copartícipe en los actos de los federativos.
Además, cometería una falta administrativa y se podría actuar por la vía penal contra esa agrupación, por no cumplir con la legislación.
Otro de los deberes de los integrantes de la asamblea es elegir por medio de un proceso de votación a los miembros interinos que culminarán los dos años que faltan —7 de diciembre del 2017— para que el periodo del comité actual culmine.
El quórum para que se lleve a cabo la asamblea de futbol es de 23 asistentes, de 44; con esa cifra se pueden efectuar los procedimientos requeridos, según indica el artículo 23 de los estatutos de la Federación Nacional de Futbol.
Antecedente
El artículo 199 de la ley del deporte también fue la piedra angular para separar del cargo de presidente de la Fedefut en el 2004 a Mauricio Caballeros y al secretario Antonio Echeverría. Los dos eran investigados por la Fiscalía por malos manejos de los recursos económicos de la entidad deportiva nacional.