Marcos Palma, vicepresidente del Instituto de Derecho de la Competencia, explicó que en la década de los años 1990, el país apostó a la liberalización de su economía, y como consecuencia, las barreras públicas al comercio fueron sustituidas por barreras privadas (barreras no arancelarias).
18 países de Latinoamérica tienen Ley de Competencia.
Agregó que una Ley de Competencia debería tener como objetivo defender y promover la competencia, pues no basta con quitar las barreras, sino que deben prohibirse y sancionarse prácticas anticompetitivas.
Según textos sobre economía, la competencia es la situación de rivalidad en la que se encuentran los agentes económicos o empresas para ganar más cuotas de mercado; de tal forma que en la medida en la que se garantice la competencia habrá una mayor promoción de la eficiencia económica y del bienestar de los consumidores.
Palma subrayó que además de defender la competencia, otra de las razones para contar con una norma así es que en en el artículo 130 de la Constitución de la República hay un mandato que desde 1985 no se ha cumplido.
Según la Carta Magna, el 130 rechaza la formación de monopolios: “Se prohíben los monopolios y privilegios. El Estado limitará el funcionamiento de las empresas que absorban o tiendan a absorber, en perjuicio de la economía nacional, la producción en uno o más ramos industriales o de una misma actividad comercial o agropecuaria. Las leyes determinarán lo relativo a esta materia. El Estado protegerá la economía de mercado e impedirá las asociaciones que tiendan a restringir la libertad del mercado o a perjudicar a los consumidores”.
“Queremos a los mejores economistas, para que con base en análisis técnicos, resuelvan casos fuera de agendas políticas o antieconómicas”. Ana Ponce de Ibargüen, consultora legal CDC Consultores.
Sin embargo, de acuerdo con Palma, quien cita a la Corte de Constitucionalidad (CC), no existe en la actualidad una norma que integre de manera apropiada lo relacionado a la competencia.
En opinión del profesional, en la actualidad lo que existe es el delito de monopolio, tipificado en los artículos 340 y 341 de la Constitución, pero que no han sido percibidos apropiadamente.
De acuerdo con Palma, lo más importante es que el país aborde una Ley de Competencia de manera apropiada en la defensa y promoción de esta, con rigor técnico en la parte sustantiva y creando una institucionalidad autónoma que aplique la norma de manera transparente e independiente. Además, que se cuente con procedimientos claros en los que se respeten los derechos de defensa de los agentes económicos.
Compromiso de país
Fanny D. Estrada, directora de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport), afirmó que la Ley de Competencia forma parte de los compromisos internacionales de Guatemala.
“Lo más importante de la Ley no es la autoridad, es definir qué va hacer, cómo y si tendrá independencia política”. Sigfrido Lee, analista económico del Cien.
Agregó que el país ha estado muchos años sin una regulación de este tipo y existe en la actualidad apertura para discutirla, pero que se debe estudiar, comparar con legislaciones similares y analizar la situación que se produciría en el mercado nacional con una norma que favorezca a los agentes económicos.
D. Estrada subrayó que en el caso del sector exportador, los productos guatemaltecos se ven afectados por prácticas que encarecen su llegada a otros mercados.
La ejecutiva de Agexport explicó que en el ámbito internacional las navieras establecen acuerdos para la fijación de precios, pero al contar con una regulación nacional, se permitiría, como sucede en el resto de países centroamericanos, “poder, de alguna manera, influir para que ese tipo de prácticas no afecten al sector”.
De acuerdo con un análisis de la firma CDC Consultores, especializada en planificación estratégica en competencia, existen al menos cuatro grupos de conductas entre agentes económicos.
El primero es el que se realiza entre competidores y que se conocen como conductas de cártel, y que se da cuando dos empresas que compiten se ponen de acuerdo en precios, distribución de mercado, porcentajes de producción o en participación en licitaciones públicas.
13 iniciativas de ley de competencia se han conocido en el país.
El otro grupo se refiere a acuerdos relativos y que se hacen en toda la línea de producción, comercialización y distribución de cualquier bien o en la prestación de un servicio.
En esta relación se va a sancionar a la empresa que tenga posición de dominio y que incurra en cualquiera de varias conductas, tales como la discriminación de precios.
Un tercer gran segmento es el abuso de la posición de dominio, y un cuarto grupo de conducta es el relativo a fusiones y concentraciones.
Con la iniciativa 5074 suman en total 13 los proyectos legislativos que se han presentado en el país sobre competencia, ya que en la actualidad, Guatemala y Cuba son las únicas naciones de Latinoamérica sin una norma de esta clase.