Ahora las autoridades permitirán que este tipo de transporte pueda circular en ese tramo, pero si cumplen con el reglamento que define pesos y dimensiones de ese tipo de transporte.
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), publicó este 8 de mayo el Acuerdo Ministerial 452-2023 en el que reforma el Acuerdo Ministerial 438-2023, de fecha 26 de abril de 2023, publicado en el Diario de Centro América el jueves 27 de abril de 2023 en el que impedía el paso de vehículos de seis ejes o más en la autopistas Palín-Escuintla.
El nuevo acuerdo, de fecha 5 de mayo, detalla que en el acuerdo 438-2023 se restringió la circulación de los vehículos automotores de carga y sus combinaciones mayores o iguales a seis ejes; sin embargo, se consideró necesario readecuar y actualizar dicha disposición para que estuviera en armonía con lo que establece el Reglamento para el Control de Pesos y Dimensiones de Vehículos Automotores de Carga, Acuerdo Gubernativo No. 379-2010 de fecha 23 de diciembre de 2010 del Presidente de la República de Guatemala.
Señala que esta modificación es debido a que dicho reglamento es el que establece los requisitos necesarios para que los vehículos automotores o combinaciones de estos puedan circular en las carreteras del país.
La reformar al Acuerdo Ministerial No. 438-2023 queda así:
“Artículo 1. Con el objeto de preservar la vida y la seguridad de los usuarios de la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla, se restringe la circulación de vehículos automotores de carga cuyo peso y dimensiones exceda los límites establecidos en el Reglamento para el control de pesos y dimensiones de vehículos automotores de carga y sus combinaciones, Acuerdo Gubernativo No. 379-2010 del presidente de la República de Guatemala”.
Establece que para los efectos de control de los límites de pesos y dimensiones referidos, será la Dirección General de Caminos la que deberá “instalar, mantener, operar y administrar las actividades del control de pesos y dimensiones de los vehículos a través de Estaciones de Control de pesaje fijas y operativos de báscula móvil”.
Según la modificación, ahora los vehículos automotores de carga que circulen por autopista Palín-Escuintla, a los que se les requiera, deberán pasar obligadamente por las Estaciones de Control de pesaje establecidos, esto sin previo requerimiento y al hacerlo el conductor debe presentar su licencia de conducir y la o las tarjetas de circulación según el tipo de vehículo de que se trate.
Añade que, en las mencionadas estaciones, a los pilotos de transporte pesado se les extenderá la boleta de peso correspondiente.
“Si fuere el caso que un vehículo excediere los límites autorizados, éste no podrá continuar su recorrido ni regresar en tanto, bajo su costa y responsabilidad, no sea retirado el exceso de carga o corregidas las dimensiones del mismo”, se lee en el acuerdo modificado.
El acuerdo menciona que se exceptúan de este pesaje el transporte de pasajeros, vehículos de emergencia, seguridad nacional y grúas por ser equipo de servicio.
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— Ministerio de Comunicaciones (@CIVguate) May 8, 2023
En el artículo 2, se establece que se reforma el artículo 7 de la normativa anterior y ahora las dependencias que estarán a cargo del control y aplicación de las presentes disposiciones son la Dirección General de Caminos (DGC), la Dirección General de Transportes (DGT), y Dirección General de Protección y Seguridad Vial, (Provial). ”
Finalmente, se establece que el mencionado acuerdo ministerial entra en vigor con efectos inmediatos el día de su publicación en el Diario de Centro América, es decir este 8 de mayo de 2023.
La modificación del referido acuerdo está firmada por Javier Maldonado Quiñónez, ministro de Comunicaciones; Sergio R. González Rodríguez, viceministro administrativo y Erick Alejandro Sánchez Muñiz, viceministro de Transportes.