1. En observancia del Estado de Derecho y el precepto constitucional de libertad de industria, comercio y trabajo contemplado en el Artículo 43 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los precios se establecen libremente en el mercado de acuerdo a la oferta y la demanda.
2. Variables como la inseguridad, la calidad y disponibilidad de la infraestructura vial, la “tramitología” y la falta de certeza jurídica, entre otros, son factores que impactan de manera directa la estructura de costos de las empresas y en consecuencia los precios.
3. Medidas y acuerdos de este tipo, carecen de sustento técnico y envían mensajes contradictorios a los inversionistas y a los agentes económicos, generando falta de certeza jurídica y distorsiones de mercado con efectos en el mediano y largo plazo.
“Por lo anterior, rechazamos cualquier medida populista incluyendo las políticas de estabilidad de precios o precios tope que además de amenazar la libertad de empresa, han demostrado en el pasado, impactos negativos en detrimento de la población en general como en el caso de Argentina y Venezuela, o el antecedente concreto de Guatemala en donde la política de precios tope a la leche, prácticamente destruyó la producción nacional”, enfatiza el comunicado.