Dicha confianza se ha intensificado entre los países en desarrollo, que cada vez más son usuarios frecuentes de los procedimientos del Órgano de Solución de Diferencias (OSD), que intenta resolver las controversias, sin recurrir a la arbitrariedad unilateral que anteriormente en el GATT.
El sistema creado en el GATT de 1947 dio pie para que el mecanismo se fuera desarrollando en la OMC por la vía de la práctica, para convertirse en el sistema más utilizado de todas las organizaciones internacionales existentes.
El Órgano de Solución de Diferencias se creó a partir del Entendimiento para la Solución de Diferencias (ESD), que trata sobre un procedimiento único, imparcial y transparente diseñado para solucionar en forma ágil y conforme al marco jurídico existente. Generalmente, una diferencia o disputa surge cuando un país adopta una política comercial o toma una medida que otro miembro de la OMC considera que contraviene las disposiciones de la OMC, o que constituye un incumplimiento de las obligaciones contraídas.
Los países en desarrollo necesitan el acceso a los mercados externos para aprovechar los beneficios de la globalización. Las normas multilaterales acordadas en la OMC cumplen un papel importante en materia de acceso a los mercados internacionales. Debido a que en el comercio mundial sobran las presiones del proteccionismo, que erosionan los beneficios de la apertura.
Para los países en desarrollo, principalmente para las pequeñas economías, es importante un sistema independiente basado en el imperio de la ley, en el que prevalezca el derecho, ya que carecen de mercados de escala, donde puedan ejercer influencia con mayor presión. Algunos países pequeños crecientemente utilizan con eficacia este sistema. Sin embargo, la complejidad técnica y jurídica de este régimen hace difícil que todos los países en desarrollo utilicen eficazmente el sistema, de tal forma que muchos de ellos nunca han planteado una diferencia ante la OMC, pese a que con frecuencia tienen motivos legítimos para hacerlo.
La liberalización comercial encierra la expectativa de obtener beneficios, pero entraña riesgos. Entre ellos, la posibilidad de que un socio comercial ceda a las presiones de sus productores y les otorgue protección. Esto puede ir en detrimento del interés de un país en desarrollo, sacando del mercado al sector de exportación afectado, ya que además los países pequeños tienden a tener menos mercados alternativos de exportación, y menos bienes de exportación. En consecuencia, el sistema de solución de diferencias de la OMC puede contribuir a establecer una garantía contra este riesgo.
Un objetivo importante del sistema es que las partes logren en cualquier etapa del procedimiento, una solución de mutuo acuerdo, pero si las partes no logran una solución mutuamente convenida, a los miembros involucrados en la controversia se les garantiza un procedimiento basado en el debido proceso, en el que un órgano independiente e imparcial revisará los méritos de la reclamación y de la defensa. En consecuencia, el objetivo primordial del sistema no consiste en dictar sentencias, ni tampoco en desarrollar jurisprudencia, sino que en proveer una solución a la diferencia presentada.
La filosofía de la OMC es que el mejor de los acuerdos comerciales internacionales no funciona adecuadamente si sus obligaciones no pueden hacerse valer, cuando una de las partes falla en el cumplimiento de tales obligaciones.
Por lo tanto, la finalidad del sistema es otorgar seguridad y previsibilidad, constituyendo un pilar fundamental para los miembros de la OMC, que a través del sistema eficiente, fiable y orientado por las normas resuelve dentro del marco multilateral las diferencias que surjan en el comercio a los socios comerciales.
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