El acuerdo justifica esta decisión tras declarar que la actividad es una manifestación cultural de carácter religoso, que al mismo tiempo constituye y fortalece la identidad guatemalteca.
El registro de bienes culturales de la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural tendrá a su cargo la inscripción correspondiente, además de dictar las medidas de protección, conservación, salvaguarda, restricciones y prohibiciones a las que estará sujeto el rezo.