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Trasplantes en Guatemala son insuficientes para quienes necesitan un órgano para vivir

Falta de legislación acaba con la esperanza de vida de guatemaltecos que necesitan un trasplante de órganos.

En Guatemala cerca de 10 mil personas se someten a tratamiento de diálisis, uno de cada cuatro de estas personas sería un potencial candidato para un trasplante de riñón. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En Guatemala cerca de 10 mil personas se someten a tratamiento de diálisis, uno de cada cuatro de estas personas sería un potencial candidato para un trasplante de riñón. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La débil legislación que regula la donación y trasplantes de órganos en Guatemala no permite cubrir más que el 4.8 por ciento de población que llega a necesitar un nuevo riñón para vivir, aunque el problema también pasa por la falta de donadores.

De acuerdo con estadísticas generales que maneja el médico Rudolf García-Gallont, cerca de un 25 por ciento de las personas que se someten a diálisis, tras deteriorarse la función renal, son potenciales candidatos para un trasplante de riñón.

En el país alrededor de 10 mil personas se someten a ese tratamiento para limpiar la sangre de sustancias dañinas debido a que los riñones no pueden hacerlo, lo que significaría, si se aplica dicho porcentaje, que unas dos mil 500 personas necesitarían un órgano nuevo.

“Ni en sueños estamos llegando a la realidad de lo que deberíamos de estar trasplantando”, señaló el médico, cofundador de la Unidad Nacional de Atención al Enfermo Renal Crónico (Unaerc) y especialista en cirugía vascular y trasplantes.

Si en el país hubiera una lista de espera de pacientes que requieren dicho procedimiento esta sería extensa, pues solo se practican 120 operaciones anuales. Podrían hacerse más, pero en el Congreso está detenida una propuesta de ley que impulsaría estos procedimientos para beneficiar a más población e incentivaría a que las personas se conviertan en donantes.

La iniciativa de ley 4712 se conoció en el pleno el 21 de enero de 2014. Se trata de la “ley para la disposición y trasplante de órganos, tejidos y células humanas”, que llegó a tercera lectura. En 2020 regresó a la Comisión de Salud y Asistencia Social para someterla de nuevo a estudio y dictamen, pero el proceso se estancó.

A pesar de que podría mejorar la calidad de vida de cientos de guatemaltecos no hay interés ni voluntad política en aprobarla, según García-Gallont.

Hay que considerar que en los adultos la causa más frecuente de la insuficiencia renal es la diabetes e hipertensión descuidadas. Además, el padecimiento está más presente entre población de escasos recursos, influye el poco acceso a los servicios de salud, la dieta de baja calidad de la que disponen. Son personas que son diagnosticadas tardíamente y cuando llegan ese punto necesitan tratamientos como insulina, diálisis y hasta un trasplante de riñón.

¿Qué mejoraría la ley?

La ley permitiría tener un consejo nacional de trasplantes que ordenaría y regularía el proceso de trasplante de órganos, tejidos y células humanas tanto en hospitales públicos como en privados.

Otro punto importante es que abre la puerta para la creación de una lista de espera única de receptores, pues por ahora cada institución de salud maneja la propia.

Esta sería blindada, transparente, accesible y libre de cualquier influencia externa. En esta, los pacientes se anotarían, no por su nombre, sino por sus características genéticas, tipo de sangre, antecedentes médicos y el tiempo que llevan esperando por un órgano.

Al llegar un donante, ese listado se examinaría con detalle y si hay receptores que sean compatibles, se favorece a los primeros que estén anotados. Actualmente funciona en pequeña escala, pero la intención es que esos esfuerzos se unifiquen y se tenga una lista única, en la que se garantice el anonimato del donador y del receptor.

La iniciativa 4712 también establece que los pacientes atendidos en el sistema de salud pública gocen de medicina gratuita después del trasplante.

La iniciativa también reforma el artículo 301 Bis del Código Penal, para que quien participe en cualquier acto ilegal que conlleve extracción, conservación, suministro, comercio y utilización de órganos, tejidos y/o células humanas de personas vivas o de cadáveres sea sancionado con prisión de 8 a 18 años.

Estos puntos y otros que contiene la normativa hacen seguro y confiable todo el proceso tanto para quien dona como para el receptor. También requiere del consentimiento de ambos, y mantiene la gratuidad de la donación.

El médico menciona que esta iniciativa se creó con la asesoría de unos 30 expertos, se involucró al Ministerio de Salud, al Instituto Guatemaltecos de Seguro Social (IGSS), al Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala, al Ministerio Público y a abogados, con el fin de abarcar todos los puntos relacionados a la donación y al trasplante de órganos.

Actualmente es el Decreto 91-96, Ley para la disposición de órganos y tejidos humanos, el que regula el procedimiento en el país, si bien no es amplio, permite disponer de órganos y tejidos humanos para utilizarlos con fines terapéuticos. Además, hace diferencia entre donante vivo y crea por primera vez en Guatemala el diagnóstico de muerte encefálica, pues cuando el cerebro deja de funcionar pero el resto los órganos están vivos, estos pueden ser trasladados a un individuo que sufra de deficiencia orgánica.

Sin embargo, tiene debilidades pues no instruye a la creación de un órgano rector que regule y haga un ordenamiento de la donación y trasplantes de órganos en el país, como si lo contempla la iniciativa 4712.

Tipos de trasplante

Hay dos tipos de trasplantes: de tejidos y de órganos sólidos. En el primer grupo, el que más se practica en Guatemala, es el de córnea, qué únicamente puede provenir de un cadáver, según García- Gallont.

Mientras que, en el segundo, el 99.9 por ciento de los que se realizan son de riñón. A la fecha irían unos 2 mil 400 procedimientos. El de hígado recién se pone en práctica en el país, el primero fue en abril del 2021, por ahora se cuentan ocho y este fin de semana se tiene programado el noveno. Estos órganos provienen de donador vivo, lo ideal es que también sean de donante cadavérico.

La donación de órganos es un proceso complejo. No es que a una persona se le quite un órgano y de la noche a la mañana sin ninguna preparación se trasplante a otra. Se requiere de una batería extensa de estudios previos a los que se somete tanto el donador como el receptor para establecer si hay compatibilidad, para que el órgano no sea rechazado y para no poner en riesgo la vida del donante. Se hacen ultrasonidos, radiografías, electrocardiograma, exámenes de laboratorio, incluso, se evalúa esquemas de vacunación y se realiza un chequeo psicológico. Es un trabajo de varios meses.

Requiere, además, de una logística minuciosa para reunir a los médicos especialistas en estos procedimientos, que de acuerdo con García-Gallont, son escasos en el país.

En Guatemala el 99 por ciento de los trasplantes de riñón se realizan en Salud Pública, en los hospitales Roosevelt y San Juan de Dios.

ESCRITO POR:

Ana Lucía Ola

Periodista de Prensa Libre especializada en temas comunitarios, con énfasis en Salud y Educación, con 17 años de experiencia. Reconocida con el Premio de Prensa Libre en categoría Reportaje, en 2019. Premio de la UPANA por Informar a la población guatemalteca sobre la realidad en nutrición y desnutrición en el país, en 2019. Diplomado El periodismo en la era digital como agente y líder de la transformación digital impartido por el Tecnológico de Monterrey.