“Había cosas que no le parecían al Colegio de Abogados; le daban vueltas y vueltas, y al fin quedaron con el que habíamos propuesto al principio. Hemos tenido como 10 versiones y quedó la del consenso general”, explicó el vicepresidente, Rafael Espada.
Además del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang), el vicemandatario aseguró que el nuevo reglamento, publicado ayer en el Diario de Centro América con el acuerdo gubernativo 520-2011, lleva asesoría de juristas del Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Conabed) como del Ministerio de Gobernación y la Procuraduría General de la Nación (PGN).
También de profesionales de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, la Embajada de EE. UU. y la Secretaría General de la Presidencia.
El reglamento regula la forma en que el Estado recibe los bienes incautados, que pueden ser inmuebles, vehículos o productos perecederos.
NIEGAN PARTICIPACIÓN
Alfredo Cabrera, presidente del Cang, negó la participación de esa entidad en la redacción del nuevo reglamento y aseguró que desde junio último no se ha reunido con el vicepresidente.
“Hace seis meses se nos hizo una presentación sobre el contenido de la Ley de Extinción de Dominio, lo que nos pareció muy bien, pero después ya no tuvimos ninguna comunicación”, afirmó Cabrera.
El presidente del Cang añadió que revisarán el contenido del nuevo reglamento, para exponer una postura, aunque también dijo desconocer el anterior reglamento, cuyo acuerdo gubernativo, 255-2011, fue derogado ayer por la nueva normativa.
Si bien el Cang se ha pronunciado en favor de la LED, en julio último presentó un recurso en la Corte de Constitucionalidad (CC) contra el artículo 69 de esa normativa, relacionado con las multas a notarios y aranceles.
CAMBIOS
Amílcar Velásquez Zárate, exfiscal general y actual jefe de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Senabed), explicó que el nuevo reglamento hace definiciones no contenidas en el primero, como lo referente a bienes perecederos y en riesgo de deterioro, pero también sobre la integración del Conabed.
“También cambian ciertos mecanismos en cuanto a la venta —mediante subastas— de bienes que son extinguidos. En el caso de los perecederos, el anterior establecía que el proceso debía regirse bajo la ley de Contrataciones, pero no puede ser porque se arruinan; el nuevo establece que la venta se puede hacer rápido y sin orden de juez”, precisó Velásquez.
El jurista comentó que a mediados de enero la Senabed tendrá su propia sede, en la 7a. avenida, zona 1, en un inmueble que en estos días es acondicionado.