La semana pasada se registraron 39 acciones, 27 en el ramo penal y 16 referentes a lo civil.
Nueve de las acciones civiles fueron rechazadas, mientras que 19 de las penales ya fueron asignadas a diferentes juzgados de ese ramo.
Delitos
Sedición, incitación pública, instigación a delinquir, calumnia, injuria y difamación son los ilícitos que supuestamente fueron cometidos al emitir los artículos de prensa, según Rodríguez.
En las acciones se señala que, como resultado, lectores han escrito comentarios ofensivos contra el presidente del Seguro Social.
“Las publicaciones en mi contra iniciaron poco tiempo después de que tomé posesión de mi cargo, cuando exigí la devolución de Q8 millones que la anterior administración pagó por la inserción de un material impreso del IGSS —en elPeriódico—. Se planteó una demanda en el Ministerio Público”, explicó Rodríguez.
Zamora rechazó de manera categórica las declaraciones de Rodríguez, al explicar que elPeriódico nunca ha tenido un contrato por una cantidad tan elevada con el IGSS, ni con ninguna otra institución.
“No nos intimidan sus abusos ni demandas”, aseguró.
Postura
“Las leyes son claras”
El abogado Mario Fuentes Destarac, defensor de Jose Rubén Zamora, explicó que los señalamientos vertidos por Juan de Dios Rodríguez, presidente del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, no tienen fundamento legal.
“En el segundo párrafo del artículo 35 de la Constitución Política y en el artículo 35 de la Ley de Libre Emisión del Pensamiento se establece claramente que todos los señalamientos e imputaciones, críticas, ataques contra funcionarios, en el ejercicio de sus cargos, no constituyen delito o falta”, explicó.
Fuentes Destarac indicó que en ambas normativas se señala cuáles son las acciones por las que se puede considerar que se cometió abuso en el uso de la libertad de expresión, y que en los casos citados por Rodríguez no se puede considerar algo de ese tipo.
Agregó que la Ley de Libre Emisión del Pensamiento dicta que cuando se señale a periodistas en el supuesto abuso del derecho mencionado se tiene que seguir procedimientos como la formación de tribunales de imprenta o tribunales de honor.
“Entonces, —Rodríguez— podrá indicar todos los delitos que él considere pertinentes, pero en el ejercicio de libertad de emisión de ideas, la ley de esa materia es la que prevalece. Esa es la línea. Eso establecen ambas normativas, y nosotros somos fieles a conservar las leyes del país”, afirmó.
Corregir
El Juzgado Segundo Penal ordenó a Rodríguez corregir una demanda penal que presentó contra Zamora y dos editoras de elPeriódico, debido a que es “evidente que se trata de acciones planteadas contra periodistas, por lo cual se debe hacer requerimientos de acuerdo a los procesos que establece la ley correspondiente”, explicó el juez Carlos Aguilar.
En la demanda, Rodríguez pide que se inicie un procedimiento penal por publicaciones que supuestamente lo desprestigian, pero antes de eso, un tribunal de honor debe determinar ese extremo, afirmó el juez.