El presidente de la sala, Ranulfo Rojas, informó que él y sus compañeros Hugo Jáuregui y Aura Guadrón decidieron separarse del proceso porque ya conocieron el caso en una oportunidad anterior.
“El 8 de octubre del 2012 rechazamos cerrar ese proceso. Los generales Ríos Montt, José Mauricio Rodríguez Sánchez y Héctor Mario López Fuentes pidieron que al caso se le diera el trámite que señala la Ley de Reconciliación Nacional”, dijo.
Agregó que la Ley Orgánica del Organismo Judicial indica que cuando los jueces o magistrados ya hayan conocido un proceso, de forma total o parcial, pueden separarse del caso, si les es asignado otra vez. Las partes procesales tienen 24 horas para pronunciarse sobre la excusa.
El decreto 8-86 contempla la extinción de la responsabilidad penal a hechos cometidos durante el conflicto armado ocurridos entre marzo de 1982 y enero de 1986.
Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión por genocidio, pero el veredicto fue anulado por la CC, y ahora está a la espera de un nuevo juicio, programado para enero del 2015.
Cambios
El general retirado pidió la amnistía a la jueza Carol Flores, del Juzgado A de Mayor Riesgo, el 17 de febrero del 2012. Pero la solicitud fue negada. Así fue como el caso llegó a la Sala Primera de Apelaciones del ramo Penal.
Después, el expediente llegó al Juzgado B de Mayor Riesgo, a cargo del juez Miguel Ángel Gálvez, tras aceptar una recusación planteada por López Fuentes contra Flores. La petición de amnistía quedó pendiente en la sala.
Acciones legales que los querellantes plantearon en la CC hicieron que el expediente por genocidio en el área ixil volviera con Flores. Los titulares de la sala se negaron a revertir su decisión de cambio de juzgado y se excusaron de continuar a cargo del proceso. Lo enviaron con magistrados suplentes.
Los defensores de Ríos Montt plantearon un amparo en la CC con la intención de que resolviera la amnistía, el cual fue dado con lugar. Posteriormente se presentó una solicitud para que se ejecutara esa acción.
El año pasado se realizaron varios intentos por integrar la sala y cumplir con la orden de la CC.
El magistrado de apoyo en esa sala, Frank Martínez Ruiz, asumió como presidente y convocó a los suplentes para dar paso a la orden de la CC. Solo Francisco González Pineda manifestó su interés.
Ruiz informó a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la imposibilidad de tramitar la petición de Ríos Montt.
El caso fue trasladado a la Sala Segunda, pero los magistrados Artemio Tánchez, Fausto Corado y Héctor Echeverría se excusaron con el argumento de que el caso es considerado de mayor riesgo y por eso una judicatura de competencia ampliada debía tramitarlo.
El expediente regresó a la presidencia de la CSJ, y esta decidió trasladarlo a la Sala de Apelaciones de casos de Mayor Riesgo.
Versiones
Consultado por teléfono, el magistrado Héctor Maldonado, presidente de la Cámara Penal, dijo que la Sala de Mayor Riesgo debe informar a la presidencia, y que será ahí donde se decida si deben ser suplentes los que conozcan el caso o si el expediente cambia a una nueva sala de Apelaciones.
El abogado Moisés Galindo, defensor de López Fuentes, dijo que el caso se trata de justicia constitucional, y que el año pasado la CC ordenó que las dudas en procesos de ese carácter deben ser resueltos por el tribunal constitucional, y no por la CSJ.
Se buscó la opinión de los abogados Édgar Pérez y Héctor Reyes, representantes de la Asociación para la Justicia y Reconciliación y del Centro de Acción Legal en Derechos Humanos, querellantes, pero no contestaron a las llamadas.
Expediente pasa de un lugar a otro
Tres salas de Apelaciones del ramo Penal han recibido el expediente que contiene la solicitud de amnistía del general retirado José Efraín Ríos Montt.
El caso por genocidio se tramita en juzgados y tribunales de competencia ampliada.
Sala Primera: era la encargada de tramitar impugnaciones y recursos legales a los casos de alto impacto.
La solicitud de amnistía de Ríos Montt fue planteada en esa judicatura.
El caso pasó a suplentes, porque los titulares se excusaron de conocer el proceso, dado que la Corte de Constitucionalidad ordenó rectificar que el expediente debía conocerlo el Juzgado A de Mayor Riesgo, y no el B.
En total, 60 suplentes se excusaron de integrar la sala, por posibles intereses o la lejanía de sus residencias respecto de la sede de la judicatura.
Sala Segunda: fue comisionada por la Corte Suprema de Justicia para resolver la amnistía. Los titulares se excusaron al explicar que el caso es de alto impacto.
Mayor Riesgo: se excusa, al argumentar que ya conoció parte del proceso.
60 Magistrados suplentes se excusaron de conocer el caso.
Constitucionalista
Traslado de caso
El abogado constitucionalista Gabriel Orellana opina que la ley estipula el traslado de expedientes entre juzgados, tribunales y salas de Apelaciones cuando un funcionario judicial se excuse de conocer un proceso.
“En teoría, se debe realizar la rotación del expediente entre todas las judicaturas que tengan la competencia que se requiere. En este caso, incluso, podría designarse a las salas de Apelaciones regionales mixtas en la provincia, si se llegan a agotar las cortes de Apelaciones en la capital”, dijo Orellana.
El profesional del Derecho explicó que en este caso la Corte Suprema de Justicia y la de Constitucionalidad, por ser las de mayor jerarquía, deben ponderar la obligación de resolver la situación jurídica de una persona, quien está bajo el abrigo constitucional de recibir justicia de manera pronta, así como el órgano acusador tiene derecho a que se conozca su solicitud para procesarla y juzgarla.
En todo el país existen seis salas de Apelaciones del ramo Penal, cuatro de estas en la capital, una en la cabecera de Quetzaltenango y otra en Cobán, Alta Verapaz. Además, hay nueve salas de Apelaciones regionales mixtas, según el Directorio del Organismo Judicial.