Guatemala

Agredir a periodistas es delito sancionable

Los hechos atribuibles a operadores y agentes del Estado, cometidos contra periodistas cuando estos actúan en el ejercicio de la libertad de expresión y del libre acceso  a las fuentes de información, constituyen comportamientos ilegales que el Estado está en la obligación de sancionar, dice una declaración de la Presidencia de la República,  publicada con motivo del Día del Periodista guatemalteco, celebrado el 30 de noviembre.

La declaración  está dirigida a todo funcionario o empleado público que, en cualquier forma, obstruya el acceso a las fuentes de información o que proceda de hecho  contra los periodistas que cubren acontecimientos que se desarrollan en el territorio nacional.

Declaración de la Presidencia de Guatemala

Aunque no lo dice expresamente,  la Presidencia toma nota de hechos recientes en los que se han visto involucrados agentes de la Policía Nacional Civil que han impedido a varios periodistas desarrollar libremente su trabajo informativo.

Sobre el particular,  recuerda que “la Constitución Política de la República garantiza la libertad de expresión y el libre acceso a las fuentes de información, y que es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa, derecho que no puede ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.

“El Estado de Guatemala ––añade ––está comprometido solemnemente a respetar y aplicar la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de  Derechos Humanos, en octubre de dos mil, documento fundamental para la interpretación del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

El Gobierno reconoce en esa declaración que  en  diversos tiempos y circunstancias los periodistas guatemaltecos “han sufrido atropellos por el hecho de cumplir su vocación y ejercicio profesional de orientadores de opinión pública. La represión al ejercicio del periodismo refleja actos de violencia que deben ser condenados y reprimidos por las autoridades del Estado, obligadas a observar y proteger los derechos ciudadanos, en particular la libertad de expresión”.

“Es deber y obligación del Estado  ––expresa–– velar porque se cumpla la normativa garantista del ejercicio de la libertad de expresión en todas sus formas. De esta manera, ninguna autoridad debe limitar ese derecho fundamental y las garantías del mismo, como lo son el libre acceso a las fuentes de información y el sometimiento exclusivo a un fuero de prensa, por las cuales se hace efectivo el funcionamiento de un Estado constitucional de Derecho”.

Y  hace  una advertencia  contenida en los siguientes ´términos:   “Coherente el Gobierno con el reconocimiento a los derechos fundamentales de la persona, en el caso de la libertad de opinar e informar se recuerda a todos los operadores y agentes del sector público su obligación de denunciar cualesquiera infracciones en contra de la libertad de prensa. Asimismo, que es su obligación utilizar medios idóneos para el desarrollo de programas permanentes de instrucción, educación y tecnificación de todos los servidores públicos en la cultura del respeto a los derechos humanos y, en particular, de la libertad de expresión como elemento básico de una sociedad libre”.

La declaración tiene la firma del presidente, Alejandro Maldonado Aguirre.

ESCRITO POR: