Expertos advierten que Guatemala es uno de los países más vulnerables al cambio climático, pese a que no emite tantos gases de efecto invernadero. La Ley tiene como objetivo establecer regulaciones necesarias para prevenir, planificar y responder de manera urgente, adecuada y coordinada a los impactos de este fenómeno.
La normativa tiene dictamen desde el 2010 en la Comisión de Medio Ambiente de ese organismo. Con su aprobación se crea el Fondo Nacional del Cambio Climático, a cargo del Ministerio de Ambiente, cuya función será financiar planes, programas y proyectos de gestión de riesgo.
Con esta Ley, también se crea el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático, dirigido por dicho Ministerio, y el Consejo Nacional de Cambio Climático, a cargo del Presidente de la República.
Además, se manda a las municipalidades a adecuar sus planes de orden territorial para mitigar los efectos del cambio climático. El Ministerio de Energía y Minas deberá diseñar un plan que promueva el consumo de energía de fuentes renovables.
En la edición impresa de Prensa Libre se dio a conocer el descontento de grupos ambientalistas debido a 10 enmiendas que sufrió la iniciativa, entre ellas la supresión del artículo que protegía los recursos hídricos y las fuentes de financiamiento del fondo.
Minutos después de aprobar la iniciativa se reclara receso por falta de quórum, la sesión se retomará el próximo martes a las 14 horas.