Los magistrados que lleguen a ser seleccionados por el Congreso estarán en el cargo para menos de dos años, ya que el periodo constitucional de la magistratura que estaría por ser electa vence el 13 de octubre de 2024.
Intentar moldear los plazos de ley para que comiencen a contar desde una eventual toma de posesión sería un acto inconstitucional, según tres expertos en Derecho que analizaron el eventual proceso de renovación de las Cortes.
Las fuentes aseguran que existen antecedentes suficientes que confirman su punto. Por ejemplo cuando la misma Corte de Constitucionalidad (CC) aclaró a Claudia Paz y Paz, entonces Fiscal General, que debía entregar el cargo en mayo de 2014 y no en diciembre cuando cumpliría exactamente los cuatro años en el cargo.
Paz y Paz no asumió en mayo porque el puesto había sido confiado por el entonces presidente Álvaro Colom a Conrado Reyes, nombramiento que fue anulado también por una orden constitucional que instó al presidente hacer otro nombramiento.
Otro ejemplo más cercano se encuentra en la Contraloría General de Cuentas (CGC). Pese a que Edwin Salazar asumió en abril del 2019 tuvo que entregar el cargo el pasado 13 de octubre, cuando la Constitución marcó los cuatro años para el cargo.
No existen argumentos que obliguen a siquiera considerar un abordaje distinto para la temporalidad del periodo según Edgar Ortiz, de Fundación Libertad y Desarrollo; Roberto Alejos, expresidente del Congreso; y Aquiles Faillace, Constituyente.
Los tres conocedores del Derecho afirman que este punto está más que claro, lo que quedaría en incertidumbre es la forma en que podrían hacer la elección, pero su análisis detectó, al menos, tres caminos que el Congreso puede tomar.
Consulta a la CC
La opción que se escucha dentro del Congreso como la más viable para disipar la elección de las Cortes sería mediante una consulta a la CC, este tema a criterio de Edgar Ortiz, analista de Fundación Libertad y Desarrollo, podría dar algunas opciones.
“A lo mejor la opinión consultiva sea una forma de reinterpretar la sentencia que ya está. El voto a viva voz quiere decir que cada diputado tiene que dar una explicación y excluir a los de conflicto de interés, entonces no sé si lo que buscan pueda ser una fórmula para acelerar el proceso”, señaló el abogado.
Si finalmente los diputados se decantan por esta salida “no es tan técnica porque si en todo caso había dudas el Congreso era parte de esa sentencia de amparo, y quizá lo lógico era pedir una ampliación y aclaración en ese momento”, refirió.
Los antecedentes legislativos pueden dar otra salida a criterio de Ortiz, ya que no es la primera vez que un fallo de la CC complica la forma para elegir a la CSJ y salas de apelación.
“No es algo muy distinto a lo que ya pasó una vez. En 2009 la CC también ordenó al Congreso elegir a viva voz, era el presidente Roberto Alejos. A final se aclararon algunos temas que no le fueron muy claros y utilizaron una fórmula para poder hacerlo”, concluyó.
Voluntad política
Roberto Alejos, exdiputado y expresidente del Congreso, recuerda bien esa elección de CSJ, ya que prácticamente estaban estrenando la Ley de Comisiones de Postulación y había una cantidad considerable de aspirantes vetados por la desaparecida Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).
En aquella ocasión, al igual que ahora, una sentencia ordenaba al Congreso pronunciarse por cada uno de los candidatos. “Lo que nosotros hicimos fue tener una reunión para que todo mundo hablara lo que podía tener de malo cada candidato, y nombramos a Oliverio García Rodas quien habló en nombre de todos los diputados hablando sobre todos los candidatos”, señaló.
El hacer práctico ese punto de la sentencia les facilitó más el voto a viva voz que también era un requisito. “Con la votación a viva voz lleva tiempo pero no todo el tiempo del mundo. Uno viene y dice candidato “x”, empieza a llamar de uno en uno solo para que digan a favor o en contra y así ya se están pronunciando, no es dar un discurso por cada voto”.
Alejos identifica salidas, pero a la largo “esto es un tema de voluntad política de querer elegir, que es algo que en estos momentos no hay porque no se quería vetar por los vetados del MP, pero eso ya terminó. El MP ya no es el mismo y los antejuicios fueron declarados sin lugar, en estos momentos no hay vetados y los diputados están en la libertad de elegir a los que quieran”, destacó.
Expulsar la sentencia
Para que el Congreso renueve la CSJ no hace falta de una consulta, se necesita que la propia CC anule la sentencia que está entrampando la elección según Aquiles Fallace, constitucionalista.
“Lo que queremos es que se haga porque ya tenemos tres años con la CSJ usurpada, tenemos magistrados impostores que dicen que están impartiendo justicia. Cualquier solución es mejor de lo que tenemos”, refirió.
El no respetar los tiempos está teniendo repercusiones negativas en el sistema de frenos y contrapesos, apunta Faillace. “Acá estamos en el peor escenario porque los plazos constitucionales no se respetaron, para cualquier reporte valido la Constitución está muerta porque sin la alternabilidad de poderes es como si la república no existiera”.
Anular una sentencia propia es posible y no se necesita que alguien lo requiera, la propia CC puede tomar la iniciativa al evaluar los efectos nocivos que la misma genera al país, según el constitucionalista.
“Que la CC expulse del ordenamiento jurídico la sentencia que provocó este caos. Ya existe un precedente y fue cuando en 2006 expulsaron la sentencia que le daba derecho a Efraín Ríos Montt de ser candidato presidencial”, refirió.
En febrero de 2021 el Pleno del Congreso comenzó con el proceso de elección de magistrados priorizando a las salas de apelaciones que están integrados por 270 magistrados, 135 titulares y 90 suplentes.
Pero pueden modificar el orden y priorizar a la CSJ sin problemas, a criterio de Ortiz, que consta de elegir 13 magistrados titulares de un listado de 26 profesionales, lo no electos quedarán para el banco de suplencias.