Los principales tratados internacionales firmados y ratificados por Guatemala son, las convenciones, Interamericana contra la Corrupción, concebida en la Organización de Estados Americanos (OEA), y de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Ambas fueron ratificadas por el Estado guatemalteco en diciembre del 2001 y en noviembre del 2006, respectivamente.
La convención de la OEA dicta que los países que la han ratificado deben promover y fortalecer sus mecanismos para prevenir y sancionar los actos de corrupción, mientras que el otro objetivo es facilitar la cooperación entre los estados miembros.
En tanto que la convención nacida en la ONU tiene varios objetivos, entre los cuales resalta el promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional, así como la asistencia técnica en la prevención y lucha contra la corrupción.
Además, el artículo 5 señala que los estados “formularán, aplicarán y mantendrán en vigor políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción”.
Capacitación
De acuerdo con la Casa Blanca, dicha fuerza regional incluirá a fiscales y especialistas en la aplicación de la ley de EE. UU. para investigar y enjuiciar casos de corrupción que tengan un nexo con ese país, Guatemala y la región en general.
Uno de los componentes incluye incrementar el número de asesores legales residentes que capaciten y formen a personal del Ministerio Público de Guatemala (MP), incluida la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), para fundamentar causas de corrupción.
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Expertos en derecho consideran que estos tratados son herramientas que se pone a disposición de Guatemala para luchar contra la corrupción, y dicen que no solo estos generan una obligación a colaborar con la Fuerza Regional contra la Corrupción, sino también los convenios que se han firmado de manera bilateral.
El abogado constitucionalista y excanciller, Gabriel Orellana, considera que el acuerdo para la creación de una fuerza anticorrupción por parte de EE. UU. se ajusta a la Constitución y al resto de leyes guatemaltecas, puesto que uno de los principios de la Carta Magna es que tanto funcionarios como ciudadanos están obligados a actuar con ética.
Explicó que el artículo 149 constitucional señala que el Estado guatemalteco conducirá sus relaciones exteriores de acuerdo con prácticas y principios internacionales “lo cual indica que tanto dentro como fuera del país Guatemala debe buscar conductas para combatir la corrupción”.
Orellana agregó que aparte de los tratados internacionales, a nivel regional Gobiernos guatemaltecos han sido partícipes de una serie de declaraciones en el sentido de que el país ha reconocido que la corrupción es intolerable, y esto al nivel del derecho universal es vinculante, explicó el abogado.
Acuerdos bilaterales
Adicionalmente, en cualquier otro convenio bilateral que Guatemala haya firmado, sea con EE. UU. o con cualquier otro Estado o bloque de países, ha quedado plasmado el compromiso de no tolerar la corrupción.
Oswaldo Samayoa, doctor en Derecho Constitucional Internacional y docente universitario, coincide en que Guatemala ha firmado compromisos internacionales en cuanto al combate a la corrupción que obligan al Gobierno a generar procesos administrativos orientados a la transparencia, fiscalización y rendición de cuentas.
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Recordó que el Ministerio Público ha mantenido líneas de cooperación contra la corrupción con sus pares y otras instituciones de otros estados por ser un delito que tiene efectos transaccionales. Y en el caso de EE. UU. subrayó que este país apoya fuertemente este tipo de trabajos, por lo cual la colaboración entre ambos estados “depende más de la agenda bilateral de cooperación que de los tratados en sí”.
En ese sentido, Samayoa considera que “existen acuerdos ya establecidos de cooperación entre el MP y EE. UU. de tal cuenta que estos han de generar la obligación de cooperación”.
Añadió que los tratados y convenios internacionales generan la responsabilidad de buscar herramientas de cooperación y combate de la corrupción.
Cumbres
Aparte de las convenciones contra la corrupción de la ONU y la OEA también resaltan una serie de declaraciones que se han convenido en diferentes cumbres de las américas, reuniones en las que confluyen jefes de estado para buscar soluciones a los problemas de los países y que se convierten en uno de los espacios más importantes para incidir en la agenda regional.
A lo largo de la historia de estas cumbres la lucha contra la corrupción ha estado presente, y en estas se ha destacado la necesidad de cooperación internacional para combatir el flagelo.
Dichos acuerdos incluyen, por ejemplo, establecer vínculos con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos sobre sobornos en las transacciones comerciales internacionales, incluir la extradición de acusados de corrupción en los tratados y leyes nacionales, y negar la acogida a funcionarios acusados de corrupción.
También, aumentar la transparencia y la rendición de cuentas de los organismos internacionales y elaborar mecanismos de cooperación para obtener respuestas rápidas en las investigaciones internacionales de casos de corrupción.
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Sanciones
Orellana explica que si Guatemala no coopera con los mecanismos para luchar contra la corrupción se expone a sanciones que podría imponer la comunidad internacional y que repercutirán no en los gobernantes, sino en todo el pueblo.
“Guatemala no debe estar jugando con fuego”, dice el abogado, al hablar de acciones como la intención de debilitar a la Feci o la aprobación y promoción de varias leyes que pueden ser interpretadas por la comunidad internacional como acciones contrarias a la lucha contra la corrupción e impunidad.