La Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala (Emetra) deberá nombrar anualmente a una comisión, que no tendrá derecho a cobro de dietas, a cargo de evaluar las áreas de circulación de acuerdo a los criterios establecidos y necesidades del servicio, en base a la deficiencia del transporte público.
La comisión estará integrada por representantes del departamento de Medios de Transporte, de la Policía Municipal de Tránsito, de la Secretaría Técnica de Emetra, otro de la Dirección de Desarrollo social de la Municipalidad y uno del Departamento de Planificación y Diseño Vial de la Dirección de Obras de la Municipalidad.
Los pilotos de mototaxi deberán cumplir ciertos requisitos, como llenar un formulario de inscripción en Emetra, presentar fotocopia legalizada del documento de identificación, tener licencia tipo M y constancia vigente de carencia de antecedentes penales y policíacos.
Los prestadores de servicio están sujetos a estas tasas: por sustitución de vehículos Q250, por tarjeta de operación y calcomanía de revisión general Q100, por revalidación trimestral de registro de vehículo Q150, por escudo municipal Q20, por reactivación de registro Q250, por curso de educación vial Q100, por emisión del documento de identificación del piloto Q50, por reposición de documentos Q112.
Según el reglamento, si se presta servicio con un mototaxi no autorizado, se utiliza como flete o reparto a domicilio aplicará una multa de Q1 mil.
Si el conductor no permite que Emetra supervise la unidad, si circula en vías no autorizadas, si deja que menores de edad conduzcan o si utiliza un vehículo que ponga en riesgo la seguridad de los pasajeros la multa será de Q500.
Aplicará una multa de Q250 por utilizar el vidrio frontal polarizado, colocar calcomanías o leyendas no autorizadas por Emetra o por no renovar la tarjeta de operación en las fechas establecidas.
Esta disposición entrará en vigor a partir del miércoles 17 de septiembre.