DE MIS NOTAS

Las prisiones de Guatepeor

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Alguna vez escribí que la justicia y el estado de Derecho son música para los oídos de la democracia. Que sin justicia naufraga la libertad y los derechos de los ciudadanos. Por eso siempre se ha oído tanto canto de protesta; tanto reclamo para que se aplique la ley y se cumpla con el debido proceso.

Vivimos en una justicia depredada por el sistema. Jueces probos y honestos, pero cautivos del síndrome de la injusticia sistémica; el manejo de las condenas; los casos no atendidos; las investigaciones parciales y mal hechas; juicios contra inocentes cuyos casos aparecen sorpresivamente al principio del grupo de expedientes, movidos por instrucciones…

Una justicia que libera a culpables por conducciones procesales vergonzosamente erróneas. Tanta gente inocente bregando contra pruebas chuecas; acusaciones falsas; testigos comprados; la lentitud procesal con un mensaje alto y claro, que aquí la presunción de inocencia es un chiste cruel. En fin, una torre de Babel en la que las voces disidentes son acalladas prontamente y las voces impúdicas amplificadas extensamente.

Y en medio de este sistema —que más que sistema es un laberinto de ratas de laboratorio— vegetan en las cárceles 11,500 detenidos en prisión preventiva, que en mal y aciago día cayeron en las redes del indebido proceso jurídico, lanzados a patadas fuera del imperio de la ley y el estado de Derecho.

Aquí no hay cárceles, hay “campos de concentración” donde se violan los derechos de los “privados de libertad”; así les llama hipócritamente el sistema a los 24 mil 630 enjaulados en esos antros de tortura y degradación humana, hacinados en las 23 pseudocárceles del sistema, con capacidad para albergar a 6,800 presos —o sea al 325% de su capacidad— en condiciones infrahumanas.

' Es hora de liberar con brazalete electrónico —o los mecanismos legales que sean— a parte de los 11,500 reos en prisión preventiva.

Alfred Kaltschmitt

En otras palabras, 11 mil 500 personas están detenidas ilegalmente, violando derechos constitucionales como la presunción de inocencia y los criterios para aplicar con objetividad la declaración de medidas sustitutivas, en vez de la detención preventiva, la cual, según la ley, “debe ser excepcional y no debe convertirse en regla general, como se está implementando actualmente en los juicios de alto perfil público y a muchos otros con delitos menores. Por esa razón, la presunción de inocencia tiene en la medida sustitutiva un sustento racional, que, para fines prácticos, para la sociedad y para el mismo detenido, es la opción más deseable y la más apegada a derecho”.

“El riesgo de fuga” es una pobre excusa. Hay instrumentos para poder controlar y monitorear a las personas a las que se les dictan medidas sustitutivas, desde el arresto domiciliario, la utilización de brazaletes electrónicos, la firma periódica en registros de tribunales hasta fianzas de cuantioso valor son algunos de los elementos de que dispone el juez para asegurar la medida sustitutiva.

El brazalete electrónico se ha venido retrasando desde hace un año porque hay “Q214 millones de incentivos perversos” zangoloteando cruelmente el atraso y no hay manera de implementarlo. La tournée anticorrupción calla. Los oenegeros de DDHH hacen mutis.

Karl Popper, en La sociedad abierta y sus enemigos, afirma: a) “Las leyes no deben favorecer ni perjudicar a determinados individuos, grupos o clases (lo contrario de lo plurinacional); b) Los tribunales de justicia deben ser imparciales para todos; y c) La participación igualitaria, tanto en las cargas como en las ventajas, que pueda presentar para el ciudadano el ser miembro del Estado”.

¿Campos de concentración en vez de cárceles? Inaceptable.

ESCRITO POR:

Alfred Kaltschmitt

Licenciado en Periodismo, Ph.D. en Investigación Social. Ha sido columnista de Prensa Libre por 28 años. Ha dirigido varios medios radiales y televisivos. Decano fundador de la Universidad Panamericana.