CON OTRA MIRADA

Participación ciudadana en la conservación del patrimonio

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Del ensayo Delitos de lesa cultura, de la escritora hondureña Helen Umaña, extraigo algunos conceptos que permiten exponer sobre la participación ciudadana en la conservación del patrimonio cultural.

' Al amparo de ese reconocimiento, vecinos organizados han hecho valer su participación ciudadana.

José María Magaña Juárez

“Hablando en términos generales, la cultura se liga indefectiblemente al concepto de identidad nacional. Esto, no como una condición cerrada o acabada, sino como proceso: algo que siempre se enriquece o se renueva. Inclusive, que se deteriora o destruye (la conquista española aniquiló, mutiló o cambió la cultura de los pueblos indígenas: los lencas, por ejemplo, perdieron su lengua y con ella, aspectos vitales de su visión del mundo).

“Desde el punto de vista antropológico, el término cultura se refiere a todas las manifestaciones de la vida material (sembrar maíz, por ejemplo) y espiritual (escribir un poema, elaborar una teoría científica o trazar un grafiti contestatario) de una determinada comunidad. Vivimos y respiramos, pues, dentro de una cultura específica y singular que marca nuestra manera de proceder: gusto por determinados alimentos; parámetros para valorar una película o una canción; manera de vestirse; preferencia por determinados deportes, etc. Ella nos proporciona, pues, una especie de sello o divisa que nos identifica o individualiza frente a los demás”.

Siguiendo lo tratado en artículos anteriores, en esa amplia gama de la cultura está el patrimonio cultural, representado por los bienes muebles, inmuebles e intangibles, pertenecientes a los distintos períodos culturales de nuestra historia, que requieren ser protegidos en su calidad de herencia identitaria.

Para lograrlo, Guatemala tiene la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, que en sus artículos 58 y 59 establece: “Artículo 58. Asociaciones culturales no lucrativas. Podrán constituirse a nivel departamental y municipal, asociaciones culturales no lucrativas, que tengan por finalidades las siguientes: 1. Contribuir a la protección, salvaguardia, enriquecimiento y comunicación del Patrimonio Cultural de la Nación, 2. Concienciar sobre la función social de la cultura, 3. Capacitar en materia cultural a sus miembros, 4. Fomentar la cultura nacional en toda su diversidad, 5. Proyectar al exterior la cultura nacional, 6. Promover las actividades culturales creativas de los guatemaltecos, 7. Colaborar con el Ministerio de Cultura y Deportes, 8. Realizar las demás actividades propias de la cultura nacional o afines a ella. Corresponderá al Ministerio de Cultura y Deportes llevar el registro de las asociaciones culturales”. “Artículo 59. Reconocimiento de Asociaciones. Se reconoce a las asociaciones civiles o juntas de vecinos su calidad de vigilantes del patrimonio Cultural de la Nación, las que tendrán legitimidad para denunciar ante las autoridades administrativas, de policía y judiciales los hechos y actos que atenten contra el Patrimonio Cultural de la Nación”.

Al amparo de ese reconocimiento, vecinos organizados han hecho valer su participación ciudadana, llegando a proponer proyectos de ordenamiento territorial, planes de conservación y desarrollo para sus comunidades y edificios monumentales; reformas a leyes, reglamentos y otros instrumentos técnico-legales que coadyuven a la salvaguardia de los bienes culturales de su comunidad.

A pesar de su importancia, ese valioso apoyo no siempre es bien recibido por las municipalidades acostumbradas a desatender disposiciones del Código Municipal, como la formulación del Plan de Ordenamiento Territorial, y desconocer la obligación que la referida ley del patrimonio cultural les da mediante los artículos 60. Apoyo a autoridades, 61. Otorgamiento de licencias, y 62. Responsabilidad de las municipalidades, en cuanto a velar por la conservación del patrimonio cultural en su jurisdicción.

Pero además, por no reconocer la importancia del patrimonio cultural de su jurisdicción como fuente de identidad y potencial fuente generadora de capital.

ESCRITO POR:

José María Magaña

Arquitecto -USAC- / Conservador de Arquitectura -ICCROM-. Residente restauración Catedral Metropolitana y segundo Conservador de La Antigua Guatemala. Cofundador de la figura legal del Centro Histórico de Guatemala.