PLUMA INVITADA

La Antigua: se debe salvar su Valor Universal Excepcional

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Los bienes del patrimonio mundial corren peligro comprobado, concreto e inminente, cuando se pretenden realizar obras que alteran gravemente la coherencia urbanística, así como el espacio urbano y su autenticidad e integridad históricas. También sucede si prevalecen proyectos urbanísticos que lesionen a la zona núcleo, la de amortiguamiento y el paisaje urbano histórico, como sucede ahora en La Antigua (Centro de Convenciones en San Juan del Obispo; proyecto urbanístico Cafetales de Santa Ana).

Respecto de las medidas para su protección, el Comité del Patrimonio Mundial señaló la necesidad de “revisar la Ley de Protección de La Antigua [así como actualizar y aplicar] medidas legislativas y reglamentarias. Para ello “es necesario perpetuar su Valor Universal Excepcional (VUE), definir y proteger de manera efectiva una zona de amortiguamiento y establecer un plan a largo plazo. Este plan maestro, por la vulnerabilidad del bien, debe incluir disposiciones para la preparación ante riesgos y la gestión del riesgo de desastres, así como la gestión integral de visitantes y políticas y pautas claras de conservación”.

Para conservar ciudades históricas y sitios del patrimonio mundial, según las normas internacionales, existen aspectos primordiales por atender, como la relación que guardarían la zona núcleo y la de amortiguamiento del bien patrimonio mundial con un desordenado desarrollo urbano, sin que se pierdan definitivamente sus atributos sociales, simbólicos, históricos, artísticos y urbanos, los cuales fueron considerados por el Comité del Patrimonio Mundial en su 3ª. sesión (Luxor, Egipto, 1979), para ser reconocida La Antigua por la Unesco.

' Los tratados internacionales forman parte al más alto nivel de la normatividad del país; por tanto, es obligación acatarlos.

Francisco Vidargas

La municipalidad y las autoridades del Estado parte ante la Convención del Patrimonio Mundial, que tienen bajo su responsabilidad la protección y conservación de la ciudad, deben impulsar un Plan Integral de Gestión y Conservación, que, junto con la Ley Protectora de la Ciudad (1969), incluya programas de ordenamiento territorial, conservación patrimonial y de prevención, y protección ante riesgos, a fin de lograr un desarrollo social, económico, turístico y urbano sostenible, mediante una estructura territorial ordenada y equilibrada, además de un estricto control de los usos e intensidades del suelo, propiciando con ello la conservación integral de la vasta herencia cultural, del paisaje urbano histórico y del paisaje del entorno natural, que forman parte de los atributos del VUE de la ciudad.

En concordancia con la correcta implementación de la Convención del Patrimonio Mundial, sus directrices prácticas y los compromisos adquiridos por el gobierno de Guatemala y las autoridades antigüeñas se debe recordar el peligro existente desde hace varios años, si prosiguen las construcciones que alteran alturas, fachadas, interiores, espacios públicos y religiosos y, en general, la tipología arquitectónica del conjunto.

Para eso, sus instrumentos jurídicos, entre ellos los planes operativos anuales y reglamentos como el reciente de movilidad (11 de julio, 2022), deben tomar en cuenta —siempre— que los tratados internacionales (en este caso las convenciones culturales de la Unesco) forman parte al más alto nivel de la normatividad del país; por tanto, es obligación acatarlos sin excepción.

No olvidemos que La Antigua Guatemala fue inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial de la Unesco en 1979, bajo la categoría de ciudad histórica, por ser “uno de los primeros y extraordinarios ejemplos de planificación urbana en América Latina”.

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