Revista D

Entre penitencias y amores

El Archivo Arquidiocesano de Guatemala resguarda dispensas matrimoniales que datan de hace más de un siglo.

Antes de la institución del judaísmo y de que la Ley de Moisés rigiera, no existían prohibiciones para contraer matrimonio entre familiares.
Por eso Abraham fue esposo de su media hermana Sara; Nacor, su hermano, desposó a su sobrina Milca; Jacob se casó con su prima Raquel y después con la hermana de esta, Lea, y Amram lo hizo con su tía Jocabed.er matrimonio entre familiares. Por eso Abraham fue esposo de su media hermana Sara; Nacor, su hermano, desposó a su sobrina Milca; Jacob se casó con su prima Raquel y después con la hermana de esta, Lea, y Amram lo hizo con su tía Jocabed.
En la actualidad, debido a las regulaciones que impone la Iglesia Católica, algunas personas tienen impedimentos para casarse, ya sea por tener lazos de consanguinidad o por concubinato, por ejemplo. Para obtener el permiso se debe acudir a una autoridad de alta jerarquía de la Iglesia.

En el Archivo Histórico Arquidiocesano de Guatemala, que funciona desde abril del 2003, se conservan solicitudes y dispensas que datan de más de un siglo y que son huellas de historias de amor, algunas consumadas y otras no.

En busca de la salvación

En su informe el representante de la Iglesia Católica anotó que el deseo de la moribunda era “arreglar su conciencia” y unirse al hombre con quien había “vivido maridablemente”, durante varios años sin estar unidos legalmente.

Stofella nació en Trento, Italia, pero que perteneció a Austria hasta antes de la Primera Guerra Mundial. Arribó a Guatemala muy joven.

Murió el 13 de julio de 1897. Había sufrido complicaciones después de dar a luz a su hija María Ysmelda, quien falleció a los 15 días de haber nacido.

Cumplió su deseo de casarse tan solo ocho días antes de expirar. Sin embargo, 37 días después, el viudo, de 50 años, tramitó su matrimonio con Hermenegilda Teresa Specher Lorenzi, de 19, quien tenía lazos de consanguinidad con su primera esposa.

“Las dispensas del ámbito de la Iglesia Católica y su emisión vienen desde los primeros siglos de la fundación de la institución religiosa”, explica el historiador Haroldo Rodas.

Durante siglos se han emitido múltiples privilegios de esta clase, entre ellos los matrimoniales, que eran solicitados por los contrayentes cuando existía algún parentesco por debajo del cuarto grado de consanguinidad o afinidad.

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“El expediente abierto se transformaba en dispensa y se elevaba primero a la parroquia de la diócesis, para luego continuar su trámite en el Vaticano”, refiere Rodas. Hoy este proceso fue descentralizado por el papa Francisco.

En la época colonial se emitieron, entre otras, las promulgadas para el ingreso a la vida conventual de una viuda, a las que se les denominaba Profesa de velo negro. También estaban las de Guardar luto, en el caso de las mujeres que enviudaban y deseaban volver a casarse.

Lo opuesto fue, y es hasta hoy, la dispensa para la disolución del matrimonio si este se había concretado dentro de los cánones de la Iglesia Católica, agrega Rodas.

Sentenciados a confesarse

Dos años y seis meses antes de solicitar este privilegio, Pivaral había enviudado y solicitó esa dispensa porque entre él y su futura esposa había un parentesco de doble consanguinidad.

En ese entonces, además de los primeros grados de consanguinidad, la bigamia, el voto solemne, el crimen, las diferencias de religión, la impotencia, la clandestinidad y el rapto, eran razones suficientes para cuestionar de parte de la Iglesia la unión conyugal.

“La niña se tiene que casar por la mucha familiaridad en el trato”, cita una dispensa otorgada por la Iglesia. “Le pido disculpas al Señor Obispo por no haber cobrado debido a la absoluta pobreza de esta gente”, se lee en otro de estos documentos.

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