Allí sí, Pedraz no se mete

En su auto, el magistrado justifica que la nueva ley solo permitiría juzgar a los responsables por terrorismo y por los asesinatos cometidos contra españoles. Pero añade que el resto de delitos, es decir, la lesa humanidad, las torturas y el genocidio son conexos, y eliminarlos de la causa desvirtuaría los hechos.

Según Pedraz, “un juez investiga hechos, no delitos”, y defiende que la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula la jurisdicción universal, faculta a los magistrados a perseguir delitos conexos, por lo que a su entender está legitimado para continuar con la investigación.

Esta aseveración dista mucho de lo que opina un experto constitucionalista el Lic. Stuardo Ralón Orellana: “La soberanía es la autoridad más elevada o suprema donde reside el poder político y público de un pueblo, una nación o un Estado, sobre su territorio y sus habitantes. Por tanto, la soberanía es la independencia de cualquier Estado para crear sus leyes y controlar sus recursos sin la coerción de otros Estados”.

En nuestra Constitución Política de la República se establece que en Guatemala la soberanía reside en el pueblo de la que emanan todos los poderes del Estado.

No existe sustento constitucional que permita una injerencia internacional, que esté por encima de la soberanía del pueblo y que pueda coaccionar al Estado de Guatemala por medio de presionar, en forma directa o indirecta, a los jefes de los principales poderes del Estado.

El efecto más nocivo de la injerencia internacional fuera de los canales de impugnación correcta, es que altera ese hilo conductor entre el poder del pueblo y el mandato que el pueblo otorga a los dirigentes de los poderes del Estado.

No entendemos cómo no han intervenido instancias gubernamentales para detener estos abusos de jueces, funcionarios internacionales y cortes que, en ocasiones, han sido incapaces de resolver casos en sus respectivos países. La Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso brilla por su ausencia, no digamos la Cancillería. Ambos deberían ya de estar preparando protestas ante los países u organismos multilaterales por su intromisión.

Ningún tipo de ayuda internacional puede estar condicionada a que funcionarios de otro país puedan presionar a funcionarios guatemaltecos, para que actúen según los intereses de esos países.

Nos recuerda Ralón: “Los mandatos que son otorgados por el pueblo, tienen como complemento que todos los funcionarios del Estado, al asumir sus cargos, son juramentados y toman en dicho juramento la obligación de cumplir con la Constitución y las leyes del país.

La injerencia internacional va más allá del análisis diplomático o ético, y merece un análisis desde la óptica del derecho constitucional, a efecto de establecer, analizando caso por caso, si se lesiona la soberanía nacional, que en nuestro país radica en el pueblo, y no en ningún otro Estado u organismo multilateral o internacional.

En los países donde hay juicios sumarios y fusilamientos sin el debido proceso, allí sí, Pedraz no se mete.

hupretij@hotmail.com

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