LIBERAL SIN NEO

El abuso de Amparito

El título no se refiere a un acto violento y deshonesto en contra de una mujer llamada Amparo. El abuso de amparo tiene que ver con el uso deshonesto de una acción jurídica cuyo propósito es proteger a personas cuyos derechos son atropellados por la autoridad.

El amparo es “un proceso judicial… cuyo objeto es preservar o restaurar, según sea el caso, los derechos fundamentales de los particulares, cuando los mismos sufren amenaza cierta e inminente de vulneración o cuando han sido violados por personas en ejercicio del poder” (Guzmán Hernández, 2004). El amparo “va encaminado a proteger la libertad individual o patrimonial de las personas cuando han sido desconocidas o atropelladas por una autoridad… que actúa fuera de sus atribuciones legales o excediéndose en ellas, generalmente vulnerando las garantías establecidas en la Constitución o los derechos que ella protege” (Ossorio, 1992). El amparo se concibe como un instrumento para hacer valer o restaurar derechos de ley violados por actos del poder o autoridad.

El artículo 265 de la Constitución establece que “No hay ámbito que no sea susceptible de amparo, y procederá siempre que los actos, resoluciones, disposiciones o leyes de autoridad lleven implícitos una amenaza, restricción o violación a los derechos que la Constitución y las leyes garantizan”. Entendido el amparo como una protección ante el mal proceder de autoridad, es abuso que las máximas autoridades del país pretendieran hacer uso de esta acción para detener procesos en su contra. El presidente solicita ser amparado para detener el proceso que podría retirarle la inmunidad y la exvicepresidenta hace lo mismo para impedir que se embarguen y extingan (algunos de) sus bienes.

Por ley, el TSE no debe permitir la inscripción de un candidato a cargo de elección popular si este no cuenta con finiquito, documento que certifica la ausencia de reparos por mal manejo de fondos estatales, extendido por la CGCG. En teoría, este mecanismo les veda la inscripción a potenciales candidatos que tengan cuentas pendientes con el Estado. Algunos potenciales candidatos a cargos de elección popular abusan del amparo; consiguen que un juez los “ampare” y obligue a la CGCG a otorgarles la constancia transitoria de inexistencia de reclamos. Personajes del calibre de Arnoldo Medrano, Rubelio Recinos y Julia Maldonado lograron que un juez los “amparara”, presumiblemente porque fueron atropellados por la autoridad —en este caso, la CGCG negándose a certificar que no tienen reclamos— y vulnerados sus derechos individuales. Más de 120 aspirantes a cargos de elección popular han logrado, mediante acción de amparo, que un juez obligue a la CGCG a mentir; extender un documento afirmando que los aspirantes a candidatos no tienen reclamos, cuando sí los tienen. Este es abuso de Amparito. ¿Qué dice de un juez que otorga un amparo en este tipo de circunstancias? ¿Qué responsabilidad incurre con estos actos? ¿Qué dice de un candidato a elección popular que obtiene un finiquito de esta manera? Que no tiene vergüenza. ¿Por qué votaría alguien por un candidato que ha obtenido el finiquito por medio de la artimaña del amparo?

Una implicación es que el finiquito es un derecho, aun cuando sí existan reclamos. El amparo y la recusación de juez son armas jurídicas predilectas para obstruir y retrasar procesos judiciales. La intención es la protección de derechos, pero el abuso da como resultado el debilitamiento del estado de Derecho. Hay que corregir el abuso de Amparito.

fritzmthomas@gmail.com

ESCRITO POR:

Fritz Thomas

Doctor en Economía y profesor universitario. Fue gerente de la Bolsa de Valores Nacional, de Maya Holdings, Ltd., y cofundador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN).