Guatemala

Empleados del Registro General de la Propiedad reciben advertencia

Autoridades del Registro General de la Propiedad lanzaron una campaña contra Prensa Libre, a la que responsabilizan de poner en riesgo al personal de esa entidad, luego de haber requerido informes que según la Ley de Acceso a la Información deben ser públicos de oficio.

Fotografía del correo electrónico enviado a los empleados del Registro General de la Propiedad. (Foto Prensa Libre)

Fotografía del correo electrónico enviado a los empleados del Registro General de la Propiedad. (Foto Prensa Libre)

CIUDAD DE GUATEMALA- La semana pasada, empleados de esa institución recibieron, en forma verbal y mediante correo electrónico, la advertencia de que debido a la información que solicitó este medio, “la licenciada Anabella de León —registradora general de la Propiedad— entregará la información referida, no obstante los inconvenientes que esto pudiera ocasionar”.

DESCARGUE: Correo electrónico enviado por empleados

Lo solicitado por Prensa Libre son los listados de empleados, puestos, salario y renglón presupuestario, así como el listado de viajes, viáticos y hospedajes que han efectuado fuera del país desde enero del 2012 a la fecha.

MANDATO LEGAL

El artículo 6 de la Ley de Acceso a la Información Pública establece que toda institución pública —como es el caso del Registro General de la Propiedad— está obligada a proporcionar la información pública que se solicite.

Lo requerido debe ser público de oficio, según el artículo 10 de la citada ley, el cual establece que las entidades están obligadas a mantener, actualizada y disponible, en todo momento y a disposición de cualquier interesado, información como estructura, sueldos, nombres, informes, contratos.

El numeral 4 del citado artículo señala que es público “el número y nombre de funcionarios, servidores públicos, empleados y asesores que laboran en el sujeto obligado, incluyendo salarios que corresponden a cada cargo, honorarios, dietas, bonos, viáticos o cualquier otra remuneración económica.

El numeral 12 obliga a hacer público el “listado de viajes que son financiados con fondos públicos, ya sea para funcionarios públicos, incluyendo costos”.

CONTROL

La  Ley de Acceso a la Información dice:

Artículo 6: Sujetos obligados.

Es toda persona individual o jurídica, pública o privada,  institución o entidad del Estado, organismo, órgano, entidad, dependencia  y cualquier otro que maneje, administre o ejecute recursos públicos, bienes del Estado o actos de la administración pública en general, que está obligado a proporcionar la información pública que se le solicite.

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