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Análisis: La calidad del agua se deteriora a un ritmo acelerado

No es un secreto que Guatemala no está ni cerca de ser un líder en materia de tratamiento de aguas residuales.

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El agua contaminada en algunas partes del Río Ocosito. (Foto Prensa Libre: Cortesía Conap)

El agua contaminada en algunas partes del Río Ocosito. (Foto Prensa Libre: Cortesía Conap)

En las últimas décadas, el mundo ha experimentado un incremento significativo de la población humana, haciendo que muchas personas ahora vivan en grandes ciudades y aumentando los niveles de urbanización y consumo.

Inevitablemente, a más consumo, más desechos, muchos de los cuales contienen diferentes tipos de contaminantes ambientales que apenas empiezan a ser identificados como tales. Muchas de estas sustancias son introducidas al ciclo urbano del agua, el cual involucra a las actividades que generan aguas de desecho, y que tienen que ser tratadas antes de reintroducirse al medioambiente.

Lamentablemente, incluso en países desarrollados, más del 90% de plantas de tratamiento de aguas residuales no cuentan con la tecnología para remover contaminantes emergentes, tales como compuestos farmacéuticos, hormonas naturales y sintéticas, pesticidas y otros agroquímicos, una gran gama de disruptores endocrinos, plásticos y microplásticos, por mencionar algunos.

No es un secreto que Guatemala no está ni cerca de ser un líder en materia de tratamiento de aguas residuales. Así que empecemos hablando por el funcionamiento de plantas de tratamiento en el país.

En el 2019, el entonces ministro de Ambiente y Recursos Naturales, Alfonso Alonzo, se jactaba de que bajo su administración se habían construido más de 200 plantas de tratamiento en todo el país, acumulando un total de 268 plantas controladas por municipalidades. Sin embargo, según datos de la misma cartera, Guatemala necesita dos mil plantas de tratamiento para cumplir con la demanda de producción de aguas servidas.

Estamos hablando de un déficit significativo que sin duda tiene repercusiones severas en el tema de contaminación de agua.

Pero eso no es todo, en marzo del 2019, fuentes de noticias reportaban que en el departamento de Quetzaltenango había 20 plantas de tratamiento, de las cuales solo cuatro estaban en funcionamiento. Una historia que también toma lugar en el área metropolitana y el resto de la provincia. No sirve de mucho que exista la infraestructura para el tratamiento de aguas, si estas no están siendo tratadas.

¿Hay leyes o reglamentos para el uso y manejo de aguas residuales?

Sí hay, pero veamos de qué tratan. En el 2006, el presidente de la República, bajo la responsabilidad de apoyar la Ley de Protección y Mejoramiento Ambiental, firmó el acuerdo gubernativo 236-2006, sobre el “reglamento de las descargas y reúso de aguas residuales y de la disposición de lodos”.

En ese acuerdo se especifican las actividades que deben realizarse con el fin de mejorar la calidad de aguas generada por plantas de tratamiento y que, por décadas, ha tenido un impacto ambiental negativo en los ecosistemas acuáticos que las reciben.

El artículo 20 de este acuerdo presenta los límites máximos permisibles de ciertos parámetros de calidad de agua, que históricamente han sido la base para determinar si es apropiado descargar aguas residuales en cuerpos de agua superficiales, tales como lagos y ríos. Además, se establecen fechas máximas de cumplimiento en cuatro etapas, la primera en el 2011, la segunda en el 2015, la tercera en el 2020 y la cuarta en el 2024.

En el 2016, se firmó una reforma al acuerdo del 2006. En ese documento, el artículo 24 es en donde se presentan los niveles máximos permisibles de los mismos parámetros del documento anterior y también se establecen fechas máximas de cumplimiento en cuatro etapas. Esta vez, empezando en el 2019 y culminando en el 2031. Es decir que, juntando los dos documentos, existe reglamentación para un total de 20 años.

No obstante, el acuerdo gubernativo del 2006 y su reforma, lastimosamente, solo se enfocan en parámetros que se han mantenido por décadas y que, si bien medirlos es fundamental, no son completamente representativos de los problemas ambientales emergentes y de nuevos materiales contaminantes que en los últimos años han causado un sinfín de problemas alrededor del mundo.

Una de las plantas de tratamiento habilitada en el área urbana de Puerto Barrios, Izabal. (Foto Prensa Libre: César Hernández).

Si tomamos estos reglamentos y hablamos de compuestos químicos en específico, ya que la idea es hacer un análisis sobre el impacto ambiental de estos contaminantes, podemos enfocarnos en los famosos “metales pesados”. Estos incluyen, por ejemplo, el arsénico, plomo y mercurio. Estos son contaminantes a los cuales se puede denominar históricos, y que usualmente son encontrados en aguas contaminadas y que, además, tienen toxicidad elevada. Pero, ¿cómo se determinan los niveles y concentraciones permisibles de estos contaminantes?

En países desarrollados, se realizan evaluaciones integradas en donde se combina información de análisis fisicoquímicos y toxicológicos. Estos últimos, basados en la toxicidad generada por cada compuesto químico, evaluado en diferentes animales modelo, desde microinvertebrados hasta vertebrados, como peces y anfibios.

Basados en las observaciones de toxicidad y la capacidad de plantas de tratamiento de remover estos contaminantes, se determinan los niveles máximos que se permite a los entes generadores tener en aguas residuales.

Veamos ejemplos específicos y comparaciones sobre algunos contaminantes con alta toxicidad y sus niveles permisibles en diferentes países. Empecemos con el plomo. En estados Unidos, el nivel máximo permisible de este metal en aguas superficiales es de 0.10 miligramos por litro mg/L. En Guatemala, el nivel máximo permisible, y que se ha mantenido por cinco años y sin esperar cambios hasta el 2031, es de 0.4 mg/L, cuatro veces más que en EE. UU.

Otro ejemplo, el arsénico. La Organización Mundial de la Salud y la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. exigen un nivel máximo permisible de 0.01 mg/L, cuando en Guatemala este es de 0.1 mg/L, un nivel 10 veces más alto; y, por cierto, en el 2011, este era de 0.5 mg/L, 50 veces más alto. Además, en el 2031, aún será de 0.1 mg/L.

¿Qué quiere decir todo esto? Esto se puede resumir de la siguiente forma: la población en Guatemala y alrededor del mundo está creciendo; por lo tanto, la urbanización y el consumo están aumentando. Contaminantes emergentes están siendo introducidos a sistemas acuáticos cada vez más, pero la reglamentación actual solo incluye contaminantes históricos con niveles permisibles altos, y no menciona contaminantes emergentes. Además, Guatemala necesita dos mil plantas de tratamiento, pero solo hay récord de 268 en el 2019, y que obviamente no todas están en funcionamiento. Eso realmente parece una broma, y una de no muy buen gusto.

*Colaboración especial para Prensa Libre: M.Sc. Marco Enrique Franco, guatemalteco, y actualmente laborando en la Universidad de Baylor, Texas, EE. UU., en el Departamento de Ciencias Ambientales