Conoce los derechos y las libertades animales

Todos los animales de todas las especies merecen respeto de parte del ser humano.

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Ser dueño de una mascota es una responsabilidad bastante alta. Aunque algunos lo tomen a la ligera, existen reglamentos básicos y universales que se deben cumplir. Más que una obligación, es lo mínimo que un ser humano puede hacer para procurar el bienestar de los animales que ama y tiene a su cuidado.

Al ser un tema de creciente interés en la sociedad, el bienestar animal dio pie a la creación de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), para garantizar la transparencia de la situación zoosanitaria en el mundo. La OIE cuenta con 90 años de historia y 180 países miembros. Asimismo, cuenta con una Estrategia mundial de bienestar animal la cual fue adoptada en mayo del 2017 por todos los países miembros.

Según las normas internacionales de la OIE, el bienestar animal designa “el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere”.

En materia de bienestar de los animales terrestres, las directrices que guían a la OIE incluyen las “cinco libertades”, enunciadas en 1965. Estas son las libertades animales que son responsabilidad del hombre. Los animales deben vivir:

  • Libres de hambre, de sed y de desnutrición
  • Libres de temor y de angustia
  • Libres de molestias físicas y térmicas
  • Libres de dolor, de lesión y de enfermedad
  • Libres de manifestar un comportamiento natural

Con relación al bienestar de los animales acuáticos, la OIE emite recomendaciones relativas a los peces de cultivo (con excepción de las especies ornamentales) e insta a “recurrir a métodos de manipulación que sean apropiados a las características biológicas del animal, así como un entorno adaptado a sus necesidades” (Código Acuático).

Si bien estas libertades se deben tener presentes cada vez que se adopta o adquiere un nuevo animal, en el país también existe un ente que vela por que se respete la vida animal. Se trata de la Unidad de Bienestar Animal, una institución adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) que trabaja en la promoción, supervisión y coordinación para el cumplimiento de la Ley de Protección y Bienestar Animal.

Para el desarrollo de la Unidad de Bienestar Animal, se creó el Decreto 5-2017 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Protección y Bienestar Animal que regula las funciones y procedimientos de trabajo. Dicho decreto es de observancia general y de aplicación en todo el territorio guatemalteco, reconociendo que la protección y el bienestar de los animales es de carácter público y social.

Dicho esto, es importante que la sociedad se comprometa a denunciar los posibles casos de maltrato animal. La denuncia es el medio por el cual la Unidad de Bienestar Animal, según la Ley de Protección y Bienestar Animal, actúa para la inspección de los animales maltratados. Puedes interponer una denuncia por maltrato animal en la Unidad de Bienestar Animal, la Policía Nacional Civil, en las municipalidades y en las sedes departamentales del MAGA.

 

Declaración Universal de los Derechos de los Animales

 

Se proclamó en 1978 apoyada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y estos son:

  1. Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos de existencia.
  2. Todo animal tiene derecho al respeto. El hombre no puede atribuirse el derecho de exterminar o explotar a otros animales. Todos los animales tienen derecho a atención, cuidados y protección del hombre.
  3. Ningún animal debe ser sometido a malos tratos. Si la muerte de un animal es necesaria, debe ser instantánea, indolora y libre de angustia.
  4. Todo animal de especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente.
  5. Todo animal que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y condiciones propias de su especie.
  6. Las mascotas deben vivir conforme su longevidad natural. El abandono es un acto cruel y degradante.
  7. Los animales de trabajo tienen derecho a una limitación en tiempo e intensidad de trabajo, alimentación y reposo.
  8. La experimentación animal es incompatible con los derechos del animal.
  9. Los animales criados para la alimentación deben ser nutridos, instalados, transportados y sacrificados sin que esto sea motivo de ansiedad o dolor.
  10. Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
  11. Los actos que impliquen la muerte de un animal sin necesidad, se considera un crimen contra la vida.
  12. La contaminación y destrucción del ambiente natural conducen al ecocidio, un crimen contra la especie.
  13. Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
  14. Los organismos de protección de los animales deben ser representados a nivel gubernamental y sus derechos, deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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