El Instituto agregó que el reglamento que fue declarado inconstitucional tenía la intención de “resolver asuntos de procedimiento”, pero que se cometió un error en el proceso para darle vigencia y se publicó en forma anticipada en el Diario de Centro América, el 21 de enero del 2013.
La CC argumentó en su resolución que se publicó el lunes último que el Inguat y el director de ese ente no tienen la facultad para emitir reglamentos de ese tipo, sino que debió hacerse por medio del Ministerio de Economía (Mineco) como parte del Organismo Ejecutivo y aprobado por el presidente de la República, por lo que se violó el artículo 154 de la Constitución.
Este tiene que ver con la función pública y el deber de funcionarios ante la ley.
En el reglamento se establecía que a partir de ese año debía inscribirse ante ese ente el transporte de turistas y renovar su habilitación en forma anual, entre otros requerimientos.
En la actualidad hay registradas 442 empresas que prestan el servicio de transporte turístico, lo que representa 953 unidades, según el Inguat, y agregó que el reglamento suspendido no impide que se continúe con la labor de inscripción.
Este documento se había creado “para mejorar un registro ya existente y que está en operación, además para poder normar el traslado de los expedientes a la Dirección General de Transporte del Ministerio de Comunicaciones, como entidad rectora”, se indicó.
Ahora, se efectuarán las gestiones para emitir el nuevo reglamento por medio del Mineco y con la aprobación de la Presidencia, se agregó.
Héctor Madrid, presidente de la Asociación Guatemalteca de Transportistas de Turismo Nacional e Internacional, presentó una acción de inconstitucionalidad y expuso que ahora que fue suspendido trabajarían en una propuesta para trasladarla al Mineco.
Sin embargo, mencionó que tanto la normativa como otras se han vuelto un obstáculo para efectuar su labor porque no les permiten transitar en ciudades, parar en sitios turísticos y otros.