Economía

La Ley de Insolvencias o de Quiebras, aprobada por el Congreso, supuestamente beneficia a deudores y acreedores

Guatemala avanzó en la creación de un marco legal para que quienes deben, puedan renegociar sus compromisos, sin perder lo que tienen.

La ley de Insolvencias permitirá que las empresas puedan reestructurase financieramente sin perder sus activos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

La ley de Insolvencias permitirá que las empresas puedan reestructurase financieramente sin perder sus activos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

El Organismo Legislativo aprobó este martes 8 de febrero en tercera lectura la iniciativa 5446, Ley de Insolvencias, también conocida como Ley de Quiebras, que forma parte del paquete legal de la agenda económica, que en este momento tiene consenso entre la mayoría de los diputados. La iniciativa fue conocida por el Pleno desde junio del 2018.

El congresista Carlos Barreda expresó que esta normativa brinda un marco de certeza para que las personas (individuales o jurídicas) puedan reorganizar sus obligaciones financieras y comerciales para sacar adelante sus negocios.

El espíritu de la ley es que cualquier deudor podrá reorganizar sus compromisos, sin perder sus activos, lo que al final protege las fuentes de trabajo. Citó como ejemplo, que un evento extraordinario, como lo fue la pandemia en 2020, un terremoto o una catástrofe natural, afecta a cualquier empresa, sin que hubiese un marco legal que le protegiera para reorganizar sus cuentas y conservar la compañía.

“No solo por eventos extraordinarios, sino también por los ciclos económicos, es posible que alguien se vea imposibilitado de cumplir sus obligaciones. Entonces, la idea de esa ley es reorganizarse con sus acreedores para no perder sus propiedades o activos”, recalcó.

El diputado Rodolfo Neutze, quien dirigió la Comisión de Economía, destacó que, por efectos de la pandemia, la iniciativa se tuvo que modernizar y lo que pretende es que cuando surja algún problema financiero de pequeños comerciantes y quiebran, puedan restituirse, luego de salir de su deuda.

Aclaró que la idea es que exista un proceso ordenado, de manera que quien debe, pueda ponerse de acuerdo con sus acreedores, con la mediación de un juez.

“Cuando alguien quiebra, comienza un proceso eterno de cobro y no hay un tiempo para poder reestablecer el crédito; entonces, esto va a hacer que los deudores y acreedores encuentren una solución rápida”, subrayó.

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Neutze puso como caso la pandemia, cuando muchas empresas del sector turístico cayeron en insolvencia, no había espacios para continuar trabajando; pero esta ley les permitirá reestructurar y continuar un proceso de rehabilitación.

Contenido

Parte del contenido de la Ley, luego de que sea publicada en el diario oficial y cobre vigencia, permitirá reducir los plazos, llenar vacíos -legales- y mejorar el proceso concursal para facilitar el trabajo del Organismo Judicial.

Por ejemplo, en un proceso concursal sencillo y ágil, con un mínimo de dos audiencias, se reducen los plazos establecidos con anterioridad y se incorpora el uso de los medios electrónicos, como herramienta de apoyo a los jueces.

Además, crea un proceso abreviado y la gestión conlleva plazos más cortos entre las diferentes fases, atendiendo a la menor complejidad de los concursos que se tramitan por esa vía.

En el tema de reorganización, la nueva normativa facilita dicha vía, se establecen plazos cortos y se modifica la normativa que consideraba una división conforme al número de acreedores y se sustituye por una división conforme al porcentaje que cada uno representa en el monto del pasivo.

En tanto que, en la rehabilitación del deudor, se expone que cuando este es una persona individual, el apartado se regula de una mejor forma y se incluyen excepciones.

En el contenido de la norma, se crearía el Registro de Procesos y Administradores Concursales, con la función de inscribir y brindar las herramientas que faciliten la labor judicial.  Estos deben recabar, complementar o actualizar la información y documentación contable y financiera del deudor.

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También reunir los antecedentes sobre la gestión del deudor con base en contratos realizados, libros de actas u otros documentos de comercio que permitan determinar si el deudor o quienes ejercen o ejercieron la administración han actuado de mala fe o cometieron actos que hayan tenido efectos perjudiciales para los activos.

También deberá coordinar y dirigir el proceso de creación y formulación de uno o más planes de reorganización, cuando administra la masa concursal.

Otra de sus funciones, será evaluar las medidas necesarias para que el proceso de reorganización sea exitoso y solicitarlas al Juez Concursor, con la debida fundamentación, cuando ello sea pertinente.

Modernización

Juan Pablo Carrasco, presidente de la Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (AmCham), señaló, que esta iniciativa es parte de la agenda económica legislativa que se estaba impulsando y que había consenso para su aprobación.

La importancia es que ahora habrá certeza jurídica para el sector financiero, mientras que los empresarios podrán llevar adelante procesos de quiebra que hoy son inoperantes.

Citó como ejemplo, que, en Estados Unidos, el tema de las quiebras es algo común, y le permite al sistema financiero y bancario, así como al privado, afrontar situaciones de iliquidez de forma ordenada, sin que haga daño a los pasivos bancarios, mientras se lleva a cabo una reestructuración organizacional.

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En el contexto guatemalteco, lo que se han presentado son quiebras de hecho, y esto lo que ocasiona es que sean desordenadas y no haya posibilidad de rescatar los activos para afrontar los pasivos laborales, los pasivos bancarios y los acreedores comunes, explicó.

Recordó que, de acuerdo con la legislación actual, el banco se ve obligado a ejecutar las garantías y ahí desaparece todo el valor empresarial de una empresa, y es una situación de quiebra absoluta, sin posibilidad de recuperación.

La importancia de la ley es que cuando una empresa pueda demostrar de buena fe, y en dado momento pueda salir adelante con un compás de espera, logre reestructurar y acogerse a un régimen que no existe.

“Es positivo y hay que entender que no es un perdón de deudas, sino reestructuración de deuda, y después permite recuperarse de esa situación con un carácter temporal, que es algo muy común en Estados Unidos y esencial para el sistema económico moderno”, puntualizó.

A futuro, expresó el directivo es que pueda verse en Guatemala que las empresas puedan acogerse a estos regímenes y salgan a flote, y reiteró que lo que pasa es que enfrentan esta situación, cierran, desaparecen y tienen quiebras en las cuales se dan incumplimientos a trabajadores y entidades financieras.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.