Economía

Presupuesto a Municipalidades: la asignación debe invertirse en mejorar la calidad de vida de la población

¿Sabe cuánto dinero se le asignó a su municipio?, ¿sabe quiénes conforman el Concejo Municipal que debe ejecutar esos recursos?, ¿sabe cuáles van a ser las principales obras para le inversión durante este año?, son preguntas importantes para hacerle a su alcalde en el ejercicio de la auditoria ciudadana.

La Municipalidad de Guatemala encabeza el top 10 de las comunas que más reciben recursos del Situado Constitucional, este año recibirá Q114 mil 767 millones 574. 51.

La Municipalidad de Guatemala encabeza el top 10 de las comunas que más reciben recursos del Situado Constitucional, este año recibirá Q114 millones 767 mil 574. 51. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

En este 2024 las municipalidades de Guatemala recibirán Q4 mil 312 millones en concepto de Situado Constitucional, la misma cantidad que fue asignada en 2023 pues la Corte de Constitucionalidad (CC) dio con lugar un amparo provisional que dejó en suspenso el Presupuesto 2024, el cual, pese a críticas y cuestionamientos, en su momento fue sancionado por el expresidente Alejandro Giammattei.

El Situado Constitucional corresponde a la asignación que el Organismo Ejecutivo contempla dentro del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado hacia las municipalidades, correspondiente al 10% y el cual se encuentra establecido por la Constitución Política de la República de Guatemala, según el artículo 257.

En cuanto al destino de los fondos ejecutados por las comunas del país, el mismo artículo da cuenta de la siguiente distribución:

  • “Por lo menos” un 90% para programas y proyectos de educación, salud preventiva, obras de infraestructura y servicios públicos “que mejore la calidad de vida de los habitantes”.
  • El 10% restante podrá ser utilizarlo para financiar gastos de funcionamiento.

Además, la Constitución prohíbe toda asignación adicional dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para las municipalidades, que no provenga de la distribución de los porcentajes que por Ley les corresponda sobre impuestos específicos.

Aparte del Situado Constitucional, los gobiernos municipales reciben otros fondos provenientes del Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI), venta de Boletos de Ornato, multas de tránsito y de otro tipo, por emisión de licencias de construcción, entre otros.

¿Cómo se asigna a cada municipalidad?

El Situado Constitucional se distribuye de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 119 del Código Municipal:

  • 30% distribuido proporcionalmente a la población total de cada municipio
  • 35% distribuido en partes iguales a todas las municipalidades
  • 25% distribuido proporcionalmente a los ingresos propios per cápita de cada municipio
  • 10% distribuido directamente proporcional al número de aldeas y caseríos

Este mismo artículo del Código Municipal especifica que los recursos financieros, serán distribuidos conforme al procesamiento que realice la Comisión de Cálculo Matemático presidida por el titular de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan), el presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), el presidente de la Asociación Guatemalteca de Alcaldes y Autoridades Indígenas (AGAAI), el titular de la Contraloría General de Cuentas (CGC) y el titular del Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin).

Esta Comisión hará un pre cálculo en septiembre de cada año, con base en la información del año fiscal inmediato anterior, rendido y liquidado ante la Contraloría General de Cuentas, y en las asignaciones contenidas en el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado que constitucionalmente les corresponden a las municipalidades.

El cálculo definitivo lo realizará la Comisión, durante los primeros cinco días después de entrada en vigor la ley anual del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.

Para el caso de aquellos municipios de reciente creación que no cuenten con datos históricos sobre las variables utilizadas para la asignación del Situado Constitucional, la Comisión definirá la metodología de asignación a utilizar, de acuerdo con el contenido del artículo 119 del Código Municipal.

Mal uso generalizado de recursos

Luis Linares, analista de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), comentó que además del aporte Constitucional, las Municipalidades que menos recursos manejan fácilmente logran recibir alrededor de Q10 mil millones anuales. Esto, entre el Situado Constitucional, IVA PAS y el aporte a los Concejos Municipales de Desarrollo (Comudes), más los ingresos propios.

Sin embargo, no existe una evaluación del impacto del gasto municipal, no solo el destino sino la calidad de las obras y de cómo están los servicios: agua potable, drenajes, tratamiento de aguas residuales, desechos sólidos, buen uso del territorio, ordenamiento de la construcción y urbanización, que son funciones fundamentales de las comunas.

En este contexto, lo que se ve en la mayoría de las 340 Municipalidades es que los servicios esenciales para la calidad de vida de la población no están bien atendidos y el cumplimiento de las autoridades ediles es insatisfactorio.

Además, es común que abusen de los recursos utilizándolos para financiar conciertos, equipos de futbol, “hacen lo que no deben hacer”, como repartir fertilizantes, láminas, y otras acciones clientelistas.

“Habrá algunas Municipalidades que sean la excepción de la regla, pero lamentablemente son contadas con los dedos de la mano”, explicó Linares.

Anam asegura que los recursos son insuficientes

En tanto, Sebastián Siero Asturias, el recién electo presidente de la Junta Directiva de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), indicó que tienen tres objetivos en los que se enfocarán y trabajarán en simultaneo, sin embargo, pondrán énfasis “en la asignación del presupuesto que les corresponde a las comunas”.

Según indicó, cada departamento y municipio es totalmente particular y tiene sus propios problemas, pero todo se resume en lo mismo: “en que las Municipalidades necesitan más recursos y una Ley más transparente y ágil”

“Necesitamos que nos entreguen la asignación que la Constitución de la República establece porque es parte de las herramientas para poder llevar el desarrollo al país”, enfatizó indicando que priorizarán el diálogo en este tema, pero si es necesario presentarán acciones legales para lograr el objetivo.

Rokael Cardona, sociólogo y administrador público, excomisionado presidencial de Descentralización y Diálogo, explicó que este tema tiene una complicación desde cómo está establecido en el artículo 257 de la Constitución Política de la República, pues cita textualmente “el Organismo Ejecutivo incluirá anualmente en el Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado, un 10% del mismo para las Municipalidades del país”.

Según Cardona, la pregunta es ¿Qué son ingresos ordinarios?, pues no hay una definición precisa al contrario de ingresos corrientes. Y las Municipalidades han reclamado sobre este concepto porque al ser impreciso, en la práctica no han recibido lo que deberían si el cálculo se hiciera a partir de los ingresos corrientes y no ordinarios.

“Es una discusión técnica de las finanzas públicas y en la práctica no se ha cumplido lo que establece la Constitución”, recalcó el entrevistado, indicando que este es un tema pendiente y requiere de un diálogo.

Queja recurrente

Cardona coincidió con Linares que una queja recurrente es acerca de la mala calidad del gasto público, deficiente calidad de la inversión y estrategia entre gobierno central y municipal. Indicando que el gran desafío es reconstruir políticas públicas y prioridades para utilizar bien los pocos recursos.

Pues además del Situado Constitucional, las comunas reciben el IVA PAS que tiene más recursos. Un dato aproximado es que de cada Q100 que reciben las Municipalidades por transferencia:

  • 42% es de asignación constitucional
  • 52% de IVA PAS
  • 4% de otros impuestos

En este contexto, el entrevistado recalcó que hay muchas diferencias económicas, sociales y étnicas entre los municipios, por ejemplo, para la Municipalidad de Guatemala el Situado Constitucional representa solo un 22%, pues de cada Q100 genera Q75 con ingresos propios.

En este caso la asignación municipal no tiene un peso tan significativo como en San Andrés Xecul, Totonicapán o algún municipio del altiplano por ejemplo, donde solo generan un 15% o 20% de ingresos propios, por lo que esta transferencia es vital para ellos.

Para Cardona, el Estado debe generar un mecanismo para que proporcionalmente lleguen más recursos a los municipios que más los necesitan, pero al mismo tiempo incentivar proyectos de desarrollo territorial para que estos municipios unidos entre sí, por ejemplo, a través de las mancomunidades, puedan generar más y mejores recursos.

ESCRITO POR:

Déborah López

Periodista de Prensa Libre especializada en noticias económicas con 10 años de experiencia. Reconocida con el premio del Instituto Nacional de Bosques (Inab) al mejor reportaje escrito por la Gira del Pinabete en 2014.