Juan Alberto Gonzalez Hernández, director del departamento jurídico del IGSS, expresó que el objetivo de la medida es brindar cobertura de protección social a este grupo de trabajadores, lo que ha sido ampliamente discutido de acuerdo con el Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Uno de los alcances iniciales será garantizar el derecho al trabajo y que estas personas puedan entrar a la formalidad, por lo que se proporcionará seguridad y certeza a los trabajadores, de que podrán gozar de los beneficios del seguro social, independientemente del régimen en que se encuentren.
Proceso de afiliación
Sobre la inscripción de los trabajadores, el funcionario explicó que se tendrá que atender a lo establecido en el acuerdo 89-2019 (Reglamento del Convenio 175 de la OIT), lo cual incluye que el Ministerio de Trabajo debe contar con toda la infraestructura para realizar la migración de trabajadores de tiempo completo a parcial, así como registrar a quienes comienzan a laborar bajo esa modalidad.
Los patronos deberán contar con la constancia del registro del contrato a tiempo parcial y confirmar que están sujetos a la condición de inscribirlos previo registro y aviso al Ministerio de Trabajo.
Con esta herramienta se trata de evitar que alguna situación pueda convertirse en un insumo que perjudique a los trabajadores y sus derechos, por lo que la modalidad se ajustará a los estándares comunes de una planilla. Sin embargo, se contará con formalismos especiales en el contrato para poderlos inscribir, porque de eso dependerá la protección que se les brinde.
Se explicó que aún se trabaja en la parte operativa para definir si dentro de la planilla en el sistema informático que existe para enviarla se incluiría alguna casilla o formato extra para indicar que es trabajador de tiempo parcial, o si se hará esa verificación con la información de registro del Mintrab.
Controles
González Hernández agregó que en el reglamento se incluyen temas como la proporcionalidad y la voluntad, ya que puede haber patronos que traten la manera de abusar de esa figura, y habrá una atención particular para los trabajadores que van a migrar de tiempo completo al parcial.
En la actualidad se está trabajando en un proyecto de inspección conjunta entre ambas instituciones, para contar con un monitoreo particular sobre este tipo de trabajadores, para velar por sus derechos y garantizar los servicios.
Cobertura de derechos
El Convenio mencionado regula el tiempo parcial en la región Latinoamericana, y en otros países donde existe la figura, no se necesita el Convenio, pero se verificado su funcionamiento.
Según el director, el Convenio regula tres prestaciones: accidente, maternidad y enfermedad profesional, y en el estricto cumplimiento del acuerdo, se otorgarían esos beneficios, pero de acuerdo con la realidad del país y la situación de los trabajadores, se encontró un mecanismo basado en derecho comparado. Por ejemplo, la enfermedad común estará sujeta a un tiempo particular.
Es decir que una persona que trabaja a tiempo completo, se le brindan todos sus derechos a los cuatro meses de cotización. En el caso de la persona con contrato a tiempo parcial tendrá acceso, en ese plazo, a atención por accidente, maternidad y enfermedad profesional, pero para poder acceder a la atención de enfermedad general que incluye las crónicas o degenerativas, tendrá que contribuir por 12 meses. También habrá un conteo de cuotas diferenciado para la jubilación y pago de pensión dentro del programa de invalidez, vejez y la sobrevivencia.
El Convenio también establece una serie de prestaciones diferenciadas y habrá oportunidad para los trabajadores que laboren entre dos y cuatro horas, así como de cinco a seis horas diarias, para gozar de los beneficios. “Se va a garantizar una seguridad social completa y universal a los trabajadores a tiempo parcial”, recalcó. Quienes laboren entre 6 a 8 horas no será diferenciada.
Posible migración
En las conversaciones con el Ministerio de Trabajo, se ha advertido que hay una presa de migración de trabajadores de tiempo completo a tiempo parcial, pero las estimaciones apuntan que no será tan dramática, pues hay una serie de condiciones entre trabajadores y patronos, con cambios que pueden generar problemas a lo interno.
Por otro lado, para algunos patronos no es conveniente migrar masivamente a sus trabajadores de tiempo completo a tiempo parcial, por los temas relacionados con las indemnizaciones y pasivos laborales, que son más complejas.
Pero los trabajadores que están en la informalidad o iniciando en este régimen, van a poder entrar a la formalidad con ese mecanismo y tener acceso al seguro social.
Según las estadísticas más recientes del Mintrab que posee el IGSS son de 25 mil 360 trabajadores a tiempo parcial, que es la base inicial, y en se prevé que en 5 años, la cifra llegue a 157 mil.
El Reglamento también establece que los trabajadores de tiempo parcial cuyo salario mensual sea menor al salario mínimo mensual vigente en el país, deberán pagar su cuota laboral sobre el que le paga su empleador.
En tanto el patrono debe pagar la cuota patronal calculada sobre el salario mínimo vigente mensual y pagar el equivalente a la cuota laboral que haga falta para complementar la que haya pagado el trabajador.
Sindicatos, en desacuerdo con modalidad de tiempo parcial
Adolfo Lacs, directivo sindical de la Federación Sindical de Empleados Bancarios de Servicios y del Estado de Guatemala (Fesebs), dijo que el tema de la seguridad social seguirá teniendo alto costo porque se reducirán los salarios sobre los cuales se cobrarán las cuotas.
“El trabajador de tiempo parcial cotizará sobre su salario. Mientras que el patrono pagará la cuota patronal que le corresponde sobre ese salario, además de pagar el complemento tanto de la cuota patronal como de la laboral para llegar al equivalente de un salario mínimo”, dijo, pero resaltó que en los casos en que el empleado gane más en tiempo completo, el complemento no se dará para el sueldo que antes pudo haber tenido ese trabajador, sino solo para llevarlo a las cuotas que equivaldrían a un salario mínimo.
Según Lacs, el IGSS podría enfrentar dificultades, pero no por el nuevo reglamento, sino derivado del reglamento para implementar el tiempo parcial que aprobó el gobierno en 2019.