Justicia

Alejandro Sinibaldi obtiene arresto domiciliario en caso Cooptación del Estado, pero seguirá en prisión preventiva por otros procesos

Jueza otorga medida sustitutiva al exministro de Comunicaciones en uno de los tres casos de corrupción en los que está vinculado el exfuncionario.

Alejandro Sinibaldi, exministro de Comunicaciones, es señalado en varios casos de corrupción. (Foto: Hemeroteca PL)

Alejandro Sinibaldi, exministro de Comunicaciones, es señalado en varios casos de corrupción. (Foto: Hemeroteca PL)

La jueza Claudette Domínguez, titular del del Juzgado Primero de Primera Instancia Penal de Mayor Riesgo Grupo “A” de Guatemala otorgó arresto domiciliario para el exministro de Comunicaciones, Alejandro Sinibaldi, pero el exfuncionario continuará en prisión preventiva.

Durante una audiencia en el juzgado, este miércoles 30 de noviembre, la jueza Domínguez le otorgó la medida sustitutiva a Sinibaldi, en el caso Cooptación del Estado; sin embargo, este continuará encarcelado, puesto que sigue con prisión preventiva en los procesos Odebrecht y Transurbano.

La audiencia fue a puerta cerrada y al terminar Sinibaldi fue abordado por periodistas que le preguntaron acerca de la misma y el exministro expresó que lamentablemente no tenía mucho que comentar, porque se declaró la reserva parcial específicamente sobre la audiencia de este día.

“Estaría cometiendo una ilegalidad si yo comento interioridad o particularidades sobre dicha audiencia”, comentó Sinibaldi.

Caso Odebrecht

Lo que sí comentó el exministro Sinibaldi fue sobre la decisión del Juzgado de Mayor Riesgo D, que  dejó sin efecto, y por consiguiente sin valor jurídico alguno, la audiencia de primera declaración de los ciudadanos brasileños Luiz Antonio Mameri y Marcos de Cerqueira Lima Machado, celebrada el 8 de septiembre de 2017 en el caso Odebrecht y con eso la anulación de los beneficios de colaboración que estos habían recibido.

Sinibaldi dijo que desde que se presentó a la justicia guatemalteca conocían de ilegalidades que se habían cometido en el proceso y la firma de dichos convenios.

Explicó que en su momento oportuno ellos apelaron los convenios y afirmó que esta anulación es una acción propiciada por su defensa y que fue la Sala Segunda de Apelaciones la que decidió dar con lugar esa apelación, con la que prácticamente quedaron sin efecto los convenios.

“Lo que hizo ayer -el 29 de noviembre- el Ministerio Público prácticamente es un trámite obligatorio al haber dejado sin efecto los convenios la misma Sala de Apelaciones. Por consiguiente no me sorprende, es algo lógico que se diera, porque es un paso administrativo que tenía que dar”.

“Era algo que esperaba, lo esperaba mucho más rápido, no sé por quién se tomaron tanto tiempo, pero al final lo importante es que la verdad poco a poco va prevaleciendo y yo poco a poco voy solventando mi situación jurídica, a qué fue a lo que vine al país”, señaló Sinibaldi.

17 irregularidades

Sinibaldi dijo que si la declaración de los brasileños es toda la prueba que tienen en él en el caso Odebrecht, es una “tristeza de investigación”, pero eso no es culpa de él, sino del ente investigador y de las autoridades que tuvieron en su momento esa investigación.

“Llevo 2 años y cuatro meses privado de la libertad y no me he quejado, lo que he hecho es sido trabajar y enfrentar el proceso y poco a poco de iré solventando. Creo que sí es un paso importante que los convenios hayan sido invalidados, no por el proceso per se, sino por todas las ilegalidades que tenía”, afirmó Sinibaldi.

Afirmó que se presentaron cerca de 17 ilegalidades cometidas en el proceso en su contra, pero mencionó cinco.

La primera es que el mandato con el que se hace representar la empresa era un mandato administrativo que explícitamente decía que no podía ser utilizado en tribunales, pero trataron  de utilizar un mandato administrativo para temas jurídicos que expresamente decía que no se podía usar para temas jurídicos y por eso todo lo actuado es ilegal.

La segunda ilegalidad es que por medio de ese mismo mandato administrativo se aportaron las pruebas y por ello dichas pruebas son inválidas. Afirmó que las pruebas eran fotocopias que proporcionaron los brasileños.

Sinibaldi dijo que el tercer tema es que el banco en Antigua y Barbuda, que fue el supuesto receptor de los supuestos sobornos que él recibió no ha confirmado la existencia de las cuentas, o la apertura de las mismas o que se haya depositado dinero allí.

Refirió que lo que dicha un colaborador eficaz debe ser corroborado por la contraparte y en este caso el banco no corrobora nada. “¿Le vamos a creer a los empresarios más corruptos de los últimos 20 años que es la empresa Odebrecht? Porque sólo a ellos se les creyó no hay una corroboración del banco de la recepción de esos dineros”, dijo Sinibaldi.

Afirmo que la cuarta ilegalidad es que se toma declaraciones el 6 de septiembre d 2017, y que en dos de ellas está presente el abogado defensor al mismo tiempo y está presente uno de los fiscales al mismo tiempo, lo cual es materialmente imposible.

El quinto punto que señaló Sinibaldi es que el abogado guatemalteco defensor de Odebrecht no tenía las calidades para actuar en Brasil, pues la ley brasileña es clara al mencionar que un abogado extranjero tiene que pertenecer al Colegio de Abogados Brasileño, tiene que tener carné que le permita actual en Brasil y tuvo que haber tenido tarjeta del Ejército de Brasil y otros requisitos que el mencionado abogado no tenía.