Justicia

CC confirma que José Andrés Botrán y Rodrigo Arenas no deben enfrentar juicio por financiamiento ilícito

Corte de Constitucionalidad deniega apelación del MP y confirma decisión que empresarios no deben enfrentar juicio por supuesto financiamiento ilícito no registrado.

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Luis Rodrigo Arenas, y Andrés Botran Briz, en una de las audiencias en el Juzgado de Mayor Riesgo D. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Luis Rodrigo Arenas, y Andrés Botran Briz, en una de las audiencias en el Juzgado de Mayor Riesgo D. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucionalidad (CC) denegó este miércoles 24 de noviembre una apelación del Ministerio Público (MP) y confirmó que José Andrés Botrán y Rodrigo Arenas no deben enfrentar juicio por el delito de financiamiento ilícito no registrado.

La CC basó su decisión en que ese delito se creó después de los supuestos aportes que los empresarios hicieron al partido FCN-Nación.

En marzo de 2019, Erika Aifán, jueza de Mayor Riesgo D, resolvió enviar a juicio a Arenas y Botrán por el presunto financiamiento a la campaña del Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación) de 2015.

Sin embargo, tras varios planteamientos y fases del caso, el 8 de junio último la Sala Primera de Mayor Riesgo, constituida como Tribunal Constitucional, dictaminó que no había delito que perseguir, decidió amparar a Arenas y Botrán ordenó cerrar el caso. Posteriormente el MP presentó una apelación contra el cierre de las pesquisas.

El caso

Un grupo de siete empresarios fue ligado a proceso penal por presuntamente aportar a la campaña electoral de 2015 del partido FCN-Nación, que llevó a la presidencia a Jimmy Morales, de forma anónima.

Arenas y Botrán fueron posteriormente ligados a proceso penal por financiamiento electoral ilícito.

La investigación determinó que dirigentes de FCN-Nación establecieron un mecanismo alterno ilegal para gestionar el pago de fiscales a través de la empresa Novaservicios, S. A. El aporte anónimo fue de Q7 millones 119 mil 300, el cual no fue reportado al Tribunal Supremo Electoral (TSE), como lo establece la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Sin embargo, posteriormente en el Congreso se aprobó separar el delito de financiamiento electoral ilícito y crear como nuevo el delito de financiamiento electoral no registrado. La diferencia de fondo es la procedencia de los recursos aportados.