Arenales manifestó que la Corte Interamericana no puede juzgar delitos de genocidio y desaparición forzada de personas, pues eso corresponde a una corte penal y no a una de derechos humanos.
“Además, es cuestionable que la Corte se convierta en un organismo de reparaciones que exceden las posibilidades económicas de los Estados”, dijo.
El planteamiento se presentó en una audiencia de dos días para conocer sobre la masacre de al menos 444 personas de la etnia achí, en Río Negro, Rabinal, Baja Verapaz.
Édgar Pérez, abogado de las víctimas, expresó: “Es muy importante para las víctimas y sus familiares, porque concluye un largo proceso” que ha durado varios años.
“Esperamos que la Corte siente un precedente muy importante para Guatemala y el resto de Latinoamérica para que hechos como estos no se repitan”, expresó el litigante.
Los siete jueces integrantes de la Corte no tienen plazo para dictar sentencia, pero normalmente tardan unos seis meses tras la última audiencia en que las partes presentan sus conclusiones.