Justicia

Ideas opuestas sobre la decisión de la jefa del MP de solicitar retiro de antejuicio de diputados y magistrados

El Ministerio Público (MP) planteó el viernes pasado 111 solicitudes de retiro de inmunidad contra diputados, magistrados de salas de Apelaciones que integraron la Corte Suprema de Justicia y magistrados de la Corte de Constitucionalidad, acciones que se llevaron a cabo en el marco de la elección de cortes que no avanza en el Legislativo.

María Consuelo Porras, fiscal general. (Foto Prensa Libre: MP)

María Consuelo Porras, fiscal general. (Foto Prensa Libre: MP)

Por medio de un comunicado, la fiscal general María Consuelo Porras informó que la Fiscalía de Delitos Administrativos planteó los antejuicios para que la justicia determine sí hay formación de causa o constituyente de delito, o bien las denuncias contra funcionarios y dignatarios son por razones espurias, políticas o ilegítimas.

 

Los antejuicios son contra 92 diputados, dentro de los que se encuentran siete que integraron la Comisión Permanente, seis magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) y 13 magistrados de Apelaciones que actúan como suplentes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Las acciones contra los 92 diputados son por la forma de reglamentar la elección de cortes que tiene previsto realizar el Congreso. A los siete de la Comisión Permanente por desobedecer una sentencia de la CC, a los 13 magistrados suplentes de la CSJ por dar trámite al retiro de antejuicio contra magistrados de la CC, y los seis magistrados de la CC por autoampararse y no ser perseguidos por sus resoluciones.

La decisión de trasladar las solicitudes de retiro de inmunidad en contra de seis magistrados de la CC ha causado algún malestar en algunos sectores de la sociedad civil por considerar que la fiscal no debió trasladarlo, ya que los magistrados del tribunal constitucional, según el artículo 167 de la Ley de Amparo, no pueden ser perseguidos por sus resoluciones.

El abogado Andy Javalois considera que la fiscal general actúa contrario a su mandato constitucional al violentar la disposición contenida en el artículo 167 de la Ley de Amparo, que establece que los magistrados no pueden ser perseguidos por sus resoluciones.

El profesional se pregunta ¿qué estaba pensando la fiscal para darle trámite tomando en cuenta que ella integró el tribunal constitucional e incluso firmó la resolución 3970-2017?, en esa resolución, Porras avala lo establecido en el artículo 167 por lo que se rechazó una solicitud del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh), en la que pedían que se anulara lo actuado, ya que no permitieron que se le retirará la inmunidad al abogado Alejandro Maldonado Aguirre.

“Se que la fiscal conoce el mismo artículo -167 de la Ley de Amparo-, y otro punto que me dejó desconcertado es que están denunciado dentro de la dinámica de un amparo que fue promovido por la misma fiscal general, lo que ha generado un desbarajuste y que fue otorgado a ella. No me sorprendí por el tema de los diputados que están contrarios a cumplir una sentencia de la CC, por lo magistrados de Apelaciones que integraron la CSJ de forma anómala, pero de lo que no tengo claridad, a mi consideración, es un error es respecto a los magistrados de la CC, solo por lo que dice el artículo 167 de la ley de Amparo”, explicó el abogado.

¿No es acaso el MP el garante de que se cumplan las leyes en este país como parte de sus obligaciones según el artículo 251 de la Constitución? Pero como va a avelar por ese cumplimiento si pareciera desconocer un artículo que un pobre abogado como su servidor conoce muy bien, entonces obviar ese artículo y meter en ese mismo canasto a todos, me parece un despropósito y contrario a esta situación que he señalado”, añadió Javalois.

Hizo lo correcto

A consideración del exmagistrado de la Corte de Constitucionalidad, Roberto Molina Barreto, la decisión que tomó la fiscal general es normal, ya que no tenía otra opción, debido a que cada vez que el MP recibe una denuncia en contra de una persona que goza del antejuicio no puede hacer nada más que enviarlo a la Corte Suprema de Justicia, para que analice si las denuncias son motivadas por situaciones espurias, políticas o ilegitimas.

“En este caso como es de conocimiento público hubo un entre cruce de denuncias, el MP denunció a la Comisión Permanente porque no suspendió el proceso de antejuicio, hubo gente que denunció a 92 diputado por haber reglamentado para cumplir la sentencia de la CC por la elección de magistrados, y a su vez la Comisión Permanente denunció a magistrados de la CC por considerar que emitieron ordenes ilegales, la fiscal lo que hizo fue lo correcto”, explicó Molina Barreto.

El exmagistrado considera que no ve ninguna anomalía de parte de la fiscal, sino todo lo contrario, “ella está respetando el orden jurídico del país haciendo lo que hizo”.

“Si una persona que no goza de antejuicio, sí puede determinar una desestimación de la denuncia y si hay alguna duda judicializar la denuncia para que sea un juez solo para saber si hay motivos de criminalidad para iniciar un proceso de investigación, pero cuando son funcionarios que gozan de antejuicio lo único que puede hacer es enviarlo a la CSJ, y si consideran que la denuncia no es espurias, políticas o ilegitimas la cursaran donde corresponde”, dijo el exmagistrado.

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