Justicia

Organismo Judicial restringe a sus empleados divulgar información y advierte procesos administrativos

A criterio de expertos, la decisión del OJ limita derechos constitucionales y podría, incluso, opacar la fiscalización de acciones legales del proceso de elecciones 2023.

La circular obedece a un artículo dentro del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo. Fotografía: Prensa Libre.

La circular obedece a un artículo dentro del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo. Fotografía: Prensa Libre.

La circular con número 19-2023, de fecha 28 de marzo, indica que a raíz de la suscripción del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo se incluyó el artículo 10, que dice lo siguiente:

“Los funcionarios y trabajadores del OJ se comprometen a resguardar, a no sustraer, reproducir ni compartir, por ningún medio de comunicación, redes sociales  vía internet, información y/o documentación física o electrónica a la que tengan acceso por el ejercicio de su cargo, puesto o servicio que presten, o bien, que les haya sido entregada por terceros y que se relacione con el OJ y usuarios”.

Aquel empleado judicial que no cumpla con esta disposición, advierte la nota, podrá ser sujeto a procesos administrativos y disciplinarios ante los órganos competentes.

“La publicidad de la administración de la justicia es una garantía, para todos, de que el sistema de justicia funciona”, dijo el abogado experto en temas constitucionales Gabriel Orellana, al resumir cual es la importancia de la publicidad de los procesos judiciales.

Sin embargo, el Organismo Judicial (OJ) emitió la prohibición a sus empleados de dar información sobre procesos judiciales y otra información a la que tienen acceso, lo que podría suponer un riesgo para quien busca la publicidad de los procesos.

“Y si a eso vamos, poco va a faltar para que un periodista ya no pueda presenciar audiencias penales, porque con esto prácticamente se va a vetar esta posibilidad”, insistió Orellana.

 

Pronostica abuso

El constitucionalista Gabriel Orellana explicó que existe información que no puede ser compartida a ningún particular, incluidos los medios de comunicación, cuando se trata de procesos que tengan relación con menores de edad, agresiones sexuales, o incluso procesos bajo reserva legal. Todo esto ya está regulado a través de la Ley de Acceso a la Información Pública.

Lo demás es información a la que los periodistas y medios de comunicación pueden tener acceso, insiste Orellana. No obstante, con esta medida el jurista advierte que se crea un ambiente de hostilidad hacía la prensa, porque se infunde temor a los empleados judiciales para evitar que compartan información de la agenda diaria de la judicatura.

Esta nueva restricción al acceso a la información pública, dice Orellana, podría escalar a tal punto que se limite el acceso a conocer cuando se presenta algún recurso legal, o hasta cuando se promueve un antejuicio; incluso los jueces podrían tener reservas para aparecer ante los medios de comunicación.

“El problema es que se presta a abusos por parte de las autoridades del OJ. No hay una libre fiscalización democrática y popular de la forma en como se administra la justicia en el país”, añadió Orellana.

Aunque las audiencias son públicas, está restricción que el OJ incluye en el pacto colectivo firmado con sus empleados podría ser utilizada como pretexto para vetar el derecho de la prensa a tener acceso a las fuentes de información, añade Orellana.

Señala fraude de ley

La Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), salió al paso de lo acordado por el OJ y coinciden con el análisis de Orellana. No existe una base legal para limitar el acceso a las fuentes de información.

Byron Barrera, presidente de la APG, dijo que justificar restricciones mediante un pacto colectivo, a su juicio, no tiene fundamentos. “Pudiera ser que esto caiga en fraude de ley, porque  se está tratando de legislar a través de un pacto colectivo”, añadió.

“La justicia es un valor universal, es tal vez el valor más apreciado en una sociedad, y por lo tanto, si el sistema de justicia viola los Derechos y las libertades, se convierte en un órgano que en vez de cumplir la ley viola la misma legislación”, dijo Barrera.

Las acciones que ahora emana el OJ se pueden tomar como “un claro abuso de poder”, según Barrera, quien visualiza que “hay mucha discrecionalidad, y esto es peligroso porque la discrecionalidad solo existen en las tiranías”.

¿Fiscalización electoral en riesgo?

La decisión del OJ llega en el marco de un proceso electoral donde esta institución tiene un rol decisivo, ya que mantiene pendientes de resolución definitiva acciones de amparo contra cuatro binomios presidenciales, dos inscritos ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), y dos que buscan conseguir su participación.

Así mismo, es la instancia encargada de conocer el proceso de antejuicio contra cualquier aspirante a cargos de elección popular. Por ejemplo, ahora mismo está pendiente de conocerse una solicitud de antejuicio contra el presidenciable del partido Cabal, Edmond Mulet, solicitada por el Ministerio Público.

María de los Ángeles Fuentes, directora ejecutiva de la organización Guatemala Visible, ve en la disposición del OJ también un eventual obstáculo para conocer y fiscalizar los procesos judiciales en materia electoral.

Según Fuentes, desde lo interno de la organización se encuentran realizando el estudio correspondiente para tener mayor certeza de cuáles son los alcances que tiene está nueva disposición judicial, sin embargo, adelantó que sería perjudicial para el proceso electoral que esta medida venga a limitar el ejercicio de fiscalización de las acciones relativas al evento de elecciones, ya que tan solo vendrían a “opacar” el ambiente a menos de tres meces del evento de votaciones.

“Si fueran relacionadas con estos temas, veríamos con preocupación que sea más opaco el proceso, porque no contribuye a la confianza de los guatemaltecos”, apuntó Fuentes.

Postura del OJ

El OJ reconoció que la intención de limitar el traslado de información es para que toda sea manejada a través del departamento respectivo. Rudy Esquivel, vocero del OJ, explicó que “la única persona autorizada y responsable de compartir información con carácter oficial es el vocero institucional y autoridades competentes, siempre respetando la autonomía judicial”.

El OJ, a través de su departamento de comunicación, también negó que se esté buscando limitar algún derecho constitucional.

“En lo absoluto se limita el trabajo de la prensa, ya que la institución ha estado en todo momento con la disposición de atender a los medios de comunicación y al acceso de la justicia por las vías correspondientes y autorizadas. En el Organismo Judicial el hecho de que exista una normativa con relación a la confidencialidad no implica que no haya libertad de información o acceso a la misma”, respondieron a una solicitud de Prensa Libre.

ESCRITO POR:

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de expreiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.