El sentenciado fue hallado culpable del delito de violación con agravación de la pena en concurso real.
El MP demostró en el juicio que Ruano James abusaba sexualmente a dos niñas, a una desde que tenía 9 años hasta que cumplió 12, y a la otra desde los 6 hasta los 12 años.
Como parte de la sentencia se ordenó su inscripción en el Registro Nacional de Agresores Sexuales (Renas) y la publicación de la sentencia.
Además, en concepto de reparación digna, el Tribunal resolvió que debe pagar Q100 mil por el daño moral causado.
Como medida de rehabilitación, se ordenó al Instituto de la Víctima dar terapia psicológica a las víctimas por el tiempo que sea necesario, además de asesorarlas para el cobro de la reparación digna.
El ente investigador añadió que en concepto de restitución de derechos, se le ordenó al Ministerio de Desarrollo Social que se incluya a ambas víctimas en algún programa de apoyo social, tanto económico como educativo.
En concepto de garantía de no repetición, el juez resolvió que el sentenciado debe recibir terapia psicológica para la comprensión de los hechos cometidos, además de la obligación de la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET) de realizar campañas de prevención en escuelas y congregaciones religiosas en la zona 3 de la ciudad de Guatemala.