Las frases que se impugnaron son “…a más tardar el 2 de enero de 2013…” y “…a partir del 2 de enero de 2013; a partir de esa fecha…”.
Explicó que con esta disposición la cédula sigue vigente hasta que la Corte emita un fallo definitivo, o bien el Congreso fije una nueva fecha.
Sería en seis meses
Ahora lo que procede es que en un plazo de 15 días las partes involucradas se pronuncien, luego establecer si solicitan vista pública, para que después los magistrados entren a conocer para emitir la sentencia definitiva.
Guzmán refirió que la ley establece que en un plazo de dos meses se dicte el fallo definitivo, pero por la cantidad de expedientes que se tramitan a veces se resuelven hasta en seis u ocho meses.
Las acciones de inconstitucionalidad resueltas ayer por la CC fueron planteadas por el procurador de los Derechos Humanos, Jorge de León, y el diputado Amílcar Pop, presidente de la Comisión de Transparencia.
A este último el máximo tribunal le denegó una acción de amparo planteada contra el Congreso por haber emitido esa normativa.
De León señaló que la acción planteada no fue para beneficiar a los guatemaltecos que a última hora hacen los trámites para obtener el DPI.
“La acción de inconstitucionalidad que se presentó iba encaminada a los miles de guatemaltecos que hicieron las gestiones para obtener su DPI, pero que el Estado no fue capaz de otorgárselos, y no nos referimos a aquellos que por dejados no hicieron el trámite”, afirmó De León.
Entre las dificultades citó los errores de transcripción en las certificaciones de nacimiento, así como pérdida o destrucción de los folios donde constaban las inscripciones.
Además, refirió que ahora le corresponde al Legislativo establecer una nueva fecha para que la cédula pierda vigencia.
Acata fallo
Rudy Gallardo, director ejecutivo del Renap, expresó que acatará la resolución de la Corte y que continuarán emitiendo el DPI con normalidad.