También incluye la reforma de tres artículos del código penal —homicidio culposo (cancelación y pena), lesiones culposas (pena y multa) y responsabilidad de conductores (quienes se conducen en estado de ebriedad).
Este proyecto tiene como objeto establecer los parámetros de control y sanción a los conductores de vehículos que se conduzcan en la vía pública en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Algunos de las propuestas relevantes de la iniciativa son el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), que es un sistema de información centralizado bajo la administración del Departamento de Tránsito de la Dirección General Adjunta de la Policía Nacional Civil. Este permite la inscripción, registro, archivo y actualización, como mínimo de la información de registro de conductores, vehículos y escuelas de aprendizaje de tránsito.
Además los conductores de vehículos deberán someterse a las pruebas de alcoholemia en aire aspirado para la detección del grado de alcohol en el organismo efectuadas por la autoridad de tránsito.
También se implementará la solvencia única de tránsito, documento que unifica en todo el territorio nacional, las multas en materia de tránsito que imponga la Policía Nacional Civil y las policías municipales de Tránsito, para tener un mejor control de los conductores reincidentes.
Estadísticas
Según el departamento de Tránsito de la Dirección General Adjunta de la Policíaa Nacional Civil, reporta a través de Observatorio Nacional de Seguridad del Tránsito, en el 2015 se produjeron 6 mil 926 hechos de tránsito, con un saldo de 1 mil 698 personas fallecidas, y el resultado de 8 mil 772 personas lesionadas.
Ebrios al volante dejan luto y dolor
Las estadísticas del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC) del 2014 revelan que cinco mil 34 conductores consignados, equivalentes al 54 por ciento de pilotos enviados a juzgado por diversas causas, se encontraban en estado de ebriedad, con el consiguiente riesgo de causar accidentes y muertes.
La portavoz del Departamento explicó que los agentes de la referida entidad solo llevan a cabo el procedimiento de consignar el vehículo y al conductor, pero es el juez de Paz Penal quien impone las sanciones.
También indicó que el juzgador es quien decide, si es reincidente el piloto, y solicita el bloqueo de la licencia o su cancelación.
“La Ley de Tránsito solo establece que si un conductor es sorprendido manejando en estado de ebriedad debe remitirse a los tribunales correspondientes”, explicó Santos.