ECONOMÍA PARA TODOS
Aseguradoras extranjeras
Con motivo del Bicentenario de la Independencia 1821-2021, se hace un recorrido de los seguros en Guatemala.
La única investigación de largo alcance y actualizada del origen de los seguros en Guatemala está hecha por el historiador Hernán del Valle, titulada El Seguro, en versión inédita hasta ahora. A continuación, un extracto del mismo.
La Ley de Instituciones de Crédito de 1923… muestra la influencia que en el mercado nacional ejercían las empresas extranjeras de seguros y la preocupación gubernamental, no sólo por la fuga de recursos con la exportación de la masa de primas, sino por el riesgo que representaba para el interés social la falta de arraigo de los capitales extranjeros. El 26 de mayo de 1924, estos dos decretos gubernativos 828 y 842, quedaron comprendidos en un solo cuerpo legal mediante el decreto 1,346 de la Asamblea Legislativa, con el cual reiteró el derecho estatal de obligar a las compañías extranjeras de seguros invertir sus reservas en Guatemala; cincuenta por ciento de las primas percibidas de nuevos asegurados y treinta por ciento de las primas correspondientes a contratos en vigor.
Las inversiones que podían hacer las compañías de seguros bajo ese régimen eran en préstamos hipotecarios, de preferencia a largo plazo, a mutuo, bienes raíces y valores de fácil realización. También se consideraban como inversión el efectivo en caja y los depósitos en bancos nacionales. Aparentemente, dichas inversiones estaban libres de todo gravamen; sin embargo, las primas de seguro de vida quedaron afectas al pago del 0.5% en oro americano sobre el total cobrado mensualmente; también las primas de seguro de incendio y otras del mismo género fueron gravadas con 2.5% sobre idéntica base. En la ley se dispuso que tales impuestos no debieran trasladarse a los asegurados, so pena de perder el derecho de operar en el país, adicionalmente a la aplicación de sanciones por incurrir en ilegalidades.
En 1927 estaba autorizada una mutual —aseguradora sin fines de lucro— llamada “Sociedad del Seguro de Vida del Gremio Obrero”, con 2,950 socios; pero en junio de 1934 el Gobierno declaró ilegales sus estatutos, aunque dos años después los reconoció, previa reforma de estos.
Las aseguradoras que ofrecían seguros de daños, con información de José Fernando Paz Flores, 1995 –1-17, eran las siguientes: Los Países Bajos. Holanda. 13-08-1924. Provincial Insurance Co. Ltd. Inglaterra. 02-09-1927. The Hannover Insurance Co. EUA. 14-09-1937. Sun Life Assurance Company of Canadá. Inglaterra. 11-06-1938. Firemen’s Insurance Co. of Newark, N.J. EUA. 20-01-1941. Royal Insurance Co. Ltd. Inglaterra. 27-05-1944. Milwaukee Insurance Co. of Wisconsin. EUA. 26-02-1945. Phoenix Assurance Co. Ltd. Inglaterra. 17-09-1945.
El 14 de febrero de 1935, por decreto gubernativo, se creó el Departamento de Seguros y Previsión del Crédito Hipotecario Nacional, autorizado para venta de seguros con proyección social, pues estaban dirigidos a los trabajadores en general, a quienes se les daban facilidades para adquirir seguro de vida. Fue entonces cuando surgieron algunas empresas de capital nacional como Granai & Townson S.A., la primera en establecerse, así como Afianzadora Guatemalteca, S.A., en fianzas.
Las agencias o sucursales de compañías aseguradoras extranjeras en la década de 1940 no tuvieron limitaciones para funcionar. Solamente existían algunas agrupaciones gremiales y mutualistas que, mediante sistemas de llamamientos, brindaban alguna protección a sus asociados. Operó una compañía de ahorro y préstamo, El Ahorro Mutuo Sociedad Anónima, que principió a colocar pólizas de capitalización de ahorro combinado eventualmente con un seguro dotal incipiente.
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