Al grano
¿A dónde vas, Guatemala?
¿Cuánto tiempo más van a esperar el jefe del Estado y las élites para exigir esa reforma de los agentes de decisión política?
No siempre es verdad que, como escribió el poeta Jorge Manrique, todo tiempo pasado sea mejor. Pero, hacia principios de la década de los noventa del siglo pasado, el proceso penal en Guatemala era más bien de corte inquisitivo. Esto, en términos legos, significa que el juez dirigía la investigación y la parte que acusaba o que promovía el proceso penal promovía la realización de diligencias que, llegado el momento, constituyeran prueba suficiente para superar la presunción de inocencia. No se habían separado la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio Público y, por lo general, en los procesos penales este órgano del Estado no tenía protagonismo. En 1992 se promulgó un nuevo código que cambió las cosas radicalmente. Pasamos a un sistema acusatorio y el protagonismo pasó de los jueces de instrucción a los fiscales. Pero las reglas de organización del Poder Judicial no cambiaron.
¿Cuánto tiempo más van a esperar el jefe del Estado y las élites para exigir esa reforma de los agentes de decisión política?
Mi impresión es que, hasta hace unos veinte años, la justicia penal no era un instrumento “por excelencia” para canalizar persecuciones ni vendettas políticas. No es que no las hubiera, sino que eran más bien las fuerzas de seguridad —algunas secretas, otras clandestinas— las que se instrumentalizaban para ese tipo de fenómeno. Las víctimas no encontraban amparo en la justicia —o rara vez—. En los acuerdos de paz el Estado asumió la obligación de reprimir a los “Ciacs”. Los cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad. Pero las incesantes protestas de activistas de derechos humanos, de algunos políticos de izquierda y otros actores de la vida nacional fueron el caldo de cultivo de la “Ciciacs”, que, tras ser inicialmente rechazada, se convirtió en la “Cicig”.
Algunos —más bien del lado de las derechas— señalan la entrada en escena de la Cicig como el inicio del “lawfare” guatemalteco; es decir, de la instrumentalización de la justicia penal para perseguir o tomar venganza en contra de opositores políticos o ideológicos. Si se me permite otra generalización, en el lado opuesto del espectro político más bien se ha entendido que, finalmente, fue entonces cuando la justicia penal cumplió su cometido. Quizás en el futuro los historiadores de las instituciones políticas de Guatemala vayan a arrojar luz sobre este asunto.
Lo cierto es que, con la desaparición de la Cicig, quienes formaron parte de ese proyecto desde la Feci y no pocos de los jueces que llevaron los casos que promovieron han tenido que partir al exilio para escapar de sendas investigaciones penales. Así llegamos al proceso electoral 2023. Creo que no exagero al decir que nunca se había visto un proceso electoral tan marcado por denuncias, investigaciones penales, antejuicios y amparos que alcanzaron tanto a las autoridades electorales como a los partidos políticos y a algunos candidatos. En un contexto ya postelectoral, las cosas no han cambiado mucho.
En el índice del estado de Derecho del World Justice Project (2023), la justicia penal guatemalteca se sitúa en el puesto 124 de 142 países considerados y la calificación del conjunto de factores que integran el índice se ha mantenido casi igual durante los últimos ocho años. Y, entonces, la pregunta que se impone es: ¿a dónde vas, Guatemala?
Hay mucho en juego. Las condiciones de vida de millones de guatemaltecos son mucho peores de lo que pudieran ser si las instituciones vertebrales del estado de Derecho funcionaran razonablemente bien. Esto es imposible sin una reforma constitucional de todos los órganos del sistema de justicia del país. Y, así, me pregunto: ¿cuánto tiempo más van a esperar el jefe del Estado y las élites para exigir esa reforma de los agentes de decisión política? ¿Qué más tiene que pasar para reformar nuestras reglas constitucionales de manera que estatuyan las condiciones básicas de una justicia independiente e imparcial?