PLUMA INVITADA
Derechos humanos y elecciones
¿Qué significado tienen los derechos humanos en el proceso electoral? y ¿qué oportunidades representa para la protección y garantía de los derechos humanos de todas las personas en Guatemala?
' Todas las personas tienen derecho a participar en la vida política y pública, en igualdad de condiciones con las demás.
Mika Kanervavuori
Es importante recordar, en primer lugar, los principios y aspiraciones comunes para todos los pueblos y naciones que están plasmadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo 75 aniversario se conmemora este año.
La Declaración Universal reconoce el derecho de todas las personas a participar en la vida política y pública, en igualdad de condiciones con las demás. Este derecho incluye a su vez el de elegir, es decir de presentarse a las elecciones y votar, así como ser electo para participar en las funciones públicas del país. La Declaración Universal y otros tratados y estándares internacionales adoptados con posterioridad también resaltan los elementos esenciales y universalmente reconocidos de la democracia, que resumen en: elecciones periódicas y libres, que garanticen la plena expresión de la voluntad del pueblo, a través del derecho al sufragio universal e igual y al voto secreto y libre.
Un elemento a enfatizar en el ejercicio del derecho de participación política de todas las personas es la igualdad y no discriminación. En particular, se refiere a aquellas personas en condiciones de vulnerabilidad: mujeres, pueblos indígenas, garífunas y afrodescendientes, jóvenes, personas con discapacidad, LGBTQI+ y las personas que viven en la pobreza. Los estándares internacionales también precisan que estos derechos no pueden limitarse por motivos de sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, posición económica u otros factores.
Hacer realidad estos derechos requiere necesariamente de la protección y garantía de otros derechos que están estrechamente relacionados y que adquieren una importancia adicional en el contexto de procesos electorales como: la libertad de opinión y expresión, incluido el derecho de acceso a la información, la libertad de asociación, de circulación, de reunión y manifestación pacífica, el derecho a la seguridad personal, a un juicio justo y a un recurso efectivo, entre otros. Un monitoreo de los derechos humanos en el contexto electoral se enfoca precisamente en estos derechos durante todas las etapas del proceso, desde la convocatoria a elecciones hasta el cierre del proceso declarado por las autoridades electorales.
Es imprescindible que todas las autoridades competentes del Estado adopten las medidas necesarias para la existencia de un entorno favorable al respeto y garantía de los derechos humanos, incluyendo mecanismos de prevención y protección.
Estas medidas también deben asegurar que las autoridades electorales y el funcionariado de justicia realicen sus funciones sin interferencias indebidas, y que periodistas, personas defensoras de derechos humanos, candidatas y candidatos a cargos públicos, observadoras electorales y la población en general se desenvuelvan en un clima de libertad y seguridad, sin intimidaciones ni amenazas.
Guatemala tiene una oportunidad para garantizar que el proceso electoral cumpla con los postulados de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la normativa internacional. Su cumplimiento generará las condiciones necesarias para que las elecciones se celebren en un contexto en el que todas las personas puedan ejercer sus derechos de participación y libertades fundamentales, así como para el mantenimiento y fortalecimiento del estado de Derecho, la democracia, la confianza pública y la legitimidad de las autoridades que serán electas para los próximos cuatro años.
*Representante de OACNUDH