AL GRANO

Elecciones de CC: arbitrariedad versus justicia

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Una de las disciplinas más importantes para la formación y el ejercicio en cualquier carrera jurídica es la de la “metodología del derecho”, y uno de sus aspectos medulares es el de la aplicación, interpretación e integración de las normas jurídicas. Esto es, de las reglas de que se componen la Constitución, las leyes, los reglamentos, etcétera. Hay volúmenes escritos sobre este tema y el debate sobre cuál de los métodos interpretativos debe preferirse no va a terminar el próximo sábado por la tarde.

' La única solución de largo plazo es la independencia judicial y el respeto al imperio del derecho.

Eduardo Mayora

Por tanto, incluso cuando un intérprete de las reglas del derecho se propone desentrañar el verdadero sentido y alcance de cualquier norma jurídica, las dificultades pueden ser significativas. Basta abrir un diccionario para constatar que casi cada palabra tiene más de una connotación y no pocas veces más de un significado. En suma, hay múltiples conceptos jurídicos indeterminados con un alto nivel de abstracción. ¿Qué significan términos como “razonabilidad”, “buena fe” o “idoneidad”? Muchas veces es más fácil identificar hechos o circunstancias que son contrarias a ese tipo de conceptos o que desencajan que acertar a definirlos con claridad.

De ahí que para llegar a ser un buen intérprete de las reglas y principios del derecho sea indispensable el estudio y la experiencia. Aun así, es imposible que cualquier interpretación de una norma jurídica satisfaga a todos por igual, y eso se debe a que, encima, como es obvio, cada mente humana es un mundo en sí misma y no hay dos personas que vean igual sus circunstancias y las de los demás.

En ese sentido, afirmar tajantemente que tal o cual interpretación de la ley es errónea, por lo general, es un error mayor. Los jueces y las cortes existen porque, casi siempre, hay más de una interpretación posible de las reglas y son esos jueces y esas cortes a quienes toca determinar la que, “a su juicio”, es la que debe prevalecer.

Hasta aquí hablamos de intérpretes rectos e independientes. Pero ¿qué puede esperarse de aquellos que interpretan las reglas del derecho torcidamente, para favorecer ciertos intereses, devolver favores o materializar una venganza? La respuesta está clara: arbitrariedad, injusticias y vejámenes.

Y es por esto que la designación de magistrados a la Corte de Constitucionalidad sea tan importante. Lo es siempre, pero en circunstancias como las actuales, en que se impone luchar contra la corrupción, contra la infiltración del crimen organizado en las instituciones del Estado, contra la impunidad, la responsabilidad de quienes tienen la facultad de elegir o designar magistrados, es crucial.

Si los responsables de elegir o designar dichos magistrados lo hicieran por intereses mezquinos o para apoyar al candidato “afín”, al integrante de “la red”, al que el día de mañana me “cubrirá la espalda”, las consecuencias serían irreparables. No hace falta ser un experto ni cosa parecida para entender que, tanto en relación con las altas cortes del Poder Judicial como con la Corte de Constitucionalidad están enfrentadas dos posiciones: una, que busca asegurar la elección de magistrados alineados; otra, que procura la elección de magistrados independientes. Hay muchas cosas en juego, es verdad, pero la alternativa es un despeñadero hacia el gobierno de los hombres y no de las leyes.

ESCRITO POR:

Eduardo Mayora

Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona y por la UFM; LLM por la Georgetown University. Abogado. Ha sido profesor universitario en Guatemala y en el extranjero, y periodista de opinión.

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