Con otra mirada

Falencias de los Consejos de Desarrollo

Son los gobernadores quienes entregan a las municipalidades los fondos asignados en el presupuesto nacional.

En el artículo anterior abordé el origen del Sistema de Consejos de Desarrollo que permite la participación de la población en la planificación democrática de su progreso. Sistema piramidal que consta de cinco niveles: Nacional, Regional, Departamental, Municipal y Comunitario; se rige por el Decreto 11-2002, Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, y participa en la preparación del presupuesto de la Nación. 

Mal haría el presidente Bernardo Arévalo en considerar las ternas recibidas, cuya integración fue repudiada.

Desde su base, en los Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES), la representatividad de los vecinos de barrios y aldeas permite buscar el anhelado poder popular; cada consejo tiene su presidente. El segundo nivel es el Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE), presidido por el alcalde e integrado por los Cocodes, instituciones públicas y asociaciones de vecinos. El tercer nivel es el Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), presidido por el gobernador departamental e integrado por los alcaldes del departamento que representan a los Cocodes, instituciones del estado y representantes de la población. El cuarto nivel es el Consejo Regional de Desarrollo (COREDUR), dirigido por un coordinador regional e integrado por gobernadores y delegados regionales. El quinto nivel es el Consejo Nacional de Desarrollo (CONADUR) que preside el presidente de la República y está integrado por ministros, gobernadores y representantes de instituciones; se reúne una vez al año para aprobar políticas, programas y proyectos nacionales, y aportar al presupuesto general de la Nación.

Por su parte, el Art. 10 de la ley de consejos de desarrollo permite al CODEDE proponer al presidente de la República las ternas de candidatos al cargo de gobernador departamental: titular y suplente. Solo tienen voz y voto los representantes a que se refieren las literales e) a la n) del Art.9… en su mayoría, personajes ignotos. De ahí que sea en ese tercer nivel de la pirámide (CODEDE presidido por gobernadores) donde surgen falencias del Sistema de Consejos de Desarrollo, cuando sus encomiables principios democráticos y el anhelado poder popular fueron trastocados.

Y todo eso por el hecho que son los gobernadores quienes entregan a las municipalidades los fondos asignados en el presupuesto nacional; atribución que dio lugar al conocido contubernio con alcaldes y otros actores interesados.

El nombramiento de los gobernadores corresponde hacerlo, por una ley superior a la de los consejos de desarrollo, al presidente de la República; de ahí que el mencionado Art. 10 sea nulo desde su nacimiento. Por demás está resaltar ese importante detalle, pues los gobernadores representan al presidente y su consejo de ministros en cada uno de los 22 departamentos. Mal haría el presidente Bernardo Arévalo en considerar las ternas recibidas, cuya integración fue repudiada y provocó denuncias legales por los discutibles procedimientos empleados en los CODEDE, presididos por los gobernadores del gobierno anterior, cuya sumisión, por conocida, no es grata. En el imaginario popular sigue presente el postulado de campaña del actual mandatario por abolir la corrupción, aunque para lograrlo será útil que la población sepa hasta dónde está incrustado el mal. Habrá quienes creen que esa lacra existe solo en el Congreso y algunos ministerios. De ahí la importancia de reconocer la hábil estrategia de convocar a los CODEDE para presentar las ternas señaladas, pues la prueba sacó a la luz quién es quién en el Sistema de Consejos de Desarrollo y en particular, cuán generalizada está la corrupción. Maña endémica tendente a mantener las cuotas de poder local alcanzadas por algunos vividores, engolosinados con las mieles del poder y el acceso al dinero del Estado para su propio beneficio.

ESCRITO POR:

José María Magaña

Arquitecto -USAC- / Conservador de Arquitectura -ICCROM-. Residente restauración Catedral Metropolitana y segundo Conservador de La Antigua Guatemala. Cofundador de la figura legal del Centro Histórico de Guatemala.